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Este jueves 14 de marzo se conoció que la Corte Constitucional tumbó la modificación del nombre de la Fuerza Aérea Colombiana a Fuerza Aeroespacial y declaró inexequible el artículo 5° de la Ley 2302 de 2023.

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La Sala determinó que no se podía hacer mediante ley ordinaria, por el contrario, requeriría una reforma constitucional y la decisión se llevó a cabo bajo la ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar.

'Dicha norma legal es incompatible con lo previsto en los artículos 4 y 217 de la Constitución, en la medida en que por medio de una ley ordinaria no se puede modificar la denominación dada por la Carta Política a la Fuerza Aérea', anunció.

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Se agregó: 'La Corte concluyó que el legislador no tiene margen de configuración para modificar lo anterior y, de hacerlo, como ocurrió en este caso, transgrede lo previsto en el antedicho artículo y, además, el principio de supremacía de la Constitución, previsto en el artículo 4 ibidem'.  

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La procuradora Margarita Cabello Blanco manifestó en su momento que 'es directamente el artículo 217 de la Constitución el que denomina a la Fuerza Aérea como uno de los componentes de las Fuerzas Militares'.