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Con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, la sala plena de la Corte Constitucional dictaminó que debe ser el pueblo Arhuaco y, en especial, los mamos mayores, quienes elijan a sus cabildos gobernadores.

Por ello, el alto tribunal decidió revocar la medida provisional que dictó dentro de la revisión de la acción de tutela formulada por José María Arroyo Izquierdo contra la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías y Zarwawiko Torres Torres en el caso Nabusímake.