El Ministerio de Minas y Energía publicó para comentarios un borrador de decreto que tiene las reglas para comercialización de gas importado, gas costa fuera y además habilita la reconversión de infraestructura a gasoductos.
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Dicha medida se tomó después de un análisis que expuso los motivos técnicos y jurídicos, justificando la necesidad de adoptar medidas de política pública orientadas a viabilizar las fuentes de gas natural costa afuera y la importación de gas natural, y otras disposiciones.
“Se busca mitigar el riesgo de que se presente un déficit de gas natural para el año 2027, que pueda afectar a la demanda residencial, comercial, gas natural vehicular, industrial y de generación de energía eléctrica”, afirmó el borrador del Ministerio.
Los ajustes tienen que ver con la introducción de nuevas definiciones relacionadas con la importación de gas y las infraestructuras necesarias, como: comercializador de gas importado, infraestructura convertida, conexiones de fuentes costa afuera, ente otros términos.
Además, el borrador prioriza la demanda en caso de restricciones severas en la oferta de gas, se da prioridad a la demanda esencial, seguido por los contratos vigentes firmes y, en último lugar, las exportaciones.
El decreto de paso busca incentivar el desarrollo de fuentes de gas natural costa afuera (offshore) y promover la importación de gas natural como medidas para asegurar el abastecimiento a largo plazo.