La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ratificó que la vigencia de la inscripción del Registro Único Tributario (RUT) es indefinida y por ello no se exigirá su renovación.
Solo se debe realizar actualización del RUT en caso de tener una modificación o adición en los datos que consignó originalmente en el registro.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ratificó que la vigencia de la inscripción del Registro Único Tributario (RUT) es indefinida y por ello no se exigirá su renovación.