Reiniciamos. Feliz por estar de nuevo en EL HERALDO, mi casa. A su directora agradezco por invitarme de nuevo a ser parte de su equipo de colaboradores. Aquí podrán leer mis opiniones, y solo eso, cada sábado.
Hemos venido afirmando que los Resguardos Indígenas y los Consejos Comunitarios que, en su conjunto constituyen el 14% de la población de Colombia, según el Censo de 2018, son propietarios de 40.5 millones de hectáreas, lo que significa que ellos tienen en su poder el 46.7% del total de la tierra del país.
Es necesario precisar, tal como lo hace el excelente documento del Departamento Nacional de Planeación titulado Visión Colombia 2050 - Discusión sobre el país del futuro, que en las tierras de propiedad de los grupos étnicos se encuentra aproximadamente el 53% de los bosques naturales de Colombia, de los cuales el 46% corresponden a resguardos indígenas y el 7.3% a territorios colectivos de comunidades negras o afrocolombianas. En esas tierras también se encuentran crecientes niveles de cultivos de uso ilícito y de minería ilegal, impulsadas por organizaciones fuera de la ley que, entre otras consecuencias, no sólo causan desastres sobre el medio ambiente, sino que también reducen las posibilidades de participación de los ciudadanos en actividades productivas legales.
Todas esas tierras, de acuerdo con los artículos 63 y 329 de la Constitución Política, tienen el carácter de inalienables, imprescriptibles e inembargables. Como consecuencia de esas disposiciones constitucionales existe una abundante normatividad y de jurisprudencia reiterada de la Corte Constitucional que no deja duda alguna sobre la naturaleza jurídica de esas tierras, que además no pagan impuesto predial y tampoco de renta, ya que reciben un trato fiscal especial que las exonera de toda responsabilidad tributaria.
Si lo anterior es así, como de hecho lo es, la pregunta es, ¿quién paga el impuesto predial de todas esas tierras?
De acuerdo con los artículos 24 de la Ley 44 de 1990, el 184 de la Ley 223 de 1995 y el Parágrafo 1 del artículo 23 de la Ley 1450 de 2011, el impuesto predial de las tierras que les pertenecen a los indígenas y afrocolombianos, las pagamos todos los colombianos ya que con cargo al Presupuesto General, la Nación gira anualmente y de manera progresiva a los municipios en donde existan resguardos indígenas y comunidades afro, las cantidades que equivalgan a lo que tales municipios dejen de recaudar, según certificación del respectivo tesorero municipal, por concepto del impuesto predial unificado y sobretasas legales.
Por lo anterior, la Nación a través del Ministerio de Hacienda, y a nombre de todos los colombianos, les ha girado en los últimos seis años, a algunos de los municipios en donde se encuentra la tierra de propiedad de los resguardos indígenas y de las comunidades negras, la nada despreciable suma de $ 568 mil 830 millones.
Suma que seguramente se incrementará en el futuro, y que pagaremos todos, como consecuencia de las actualizaciones catastrales a las que aspira nuestra querida Cecilia López, ministra de Agricultura recién anunciada por el nuevo gobierno, bajo la óptica -no sé si lo aplicará en este caso- de que el impuesto a pagar debe ser equivalente a lo que debería pagar un predio si fuera bien explotado.