La alta corte advierte que Petro no presentó una prueba “que permita acreditar que tal circunstancia se hubiese verificado”.
El recurso había sido interpuesto por el ciudadano John Alexander Echeverry Ocampo.
Según el demandante se están afectado los derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa, al fuero presidencial, y al derecho a elegir y ser elegido.
La empresa constructora de la torre, Promotora Calle 47, había tutelado al agente especial interventor y a varias entidades.
El mandatario se refirió a la tutela instaurada contra la Fiscalía 40, el Municipio de Sincelejo, Medicina Legal, Defensoría del Pueblo, Procuraduría y la Unidad de Víctimas.