La alta corte de lo contencioso administrativo protegió el derecho a la libre expresión del mandatario.
El Presidente respondió a los canales privados que habían presentado una tutela que argumentaba pérdidas económicas por la alteración de su programación debido a las transmisiones.
El mandatario cuestionó el mecanismo legal impuesto por medios privados y admitida por el Consejo de Estado.
La detención preventiva, que debe ser una excepción, corre el riesgo de convertirse en un castigo anticipado, sin que haya una sentencia condenatoria de por medio.
La empresa había expresado que el ente de control vulneró sus derechos por convocarla a un proceso de reorganización, al presentar cesación de pagos.