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El presidente Iván Duque anunció este miércoles la reglamentación del etiquetado nutricional obligatorio en los alimentos envasados altos en azúcares añadidos, sodio y/o grasas saturadas.

La propuesta se construyó tras diálogos sostenidos con la sociedad civil, la academia y la industria, y su principal objetivo es 'que la información nutricional que está en la etiqueta se presente de forma clara y comprensible para el consumidor. Así como evolucionar el marco normativo actual, pasando de acciones voluntarias a obligatorias', indicó el Ministerio de Salud en un comunicado.

El sello frontal de advertencia será monocromático, negro, circular y también se rediseñará la tabla nutricional haciéndola más simple, así como el aumento de su tamaño para facilitar su lectura. Y será necesario además presentar el contenido de nutrientes por 100 gramos o 100 mililitros y por porción.

Así mismo, se resaltarán ítems que son de interés en salud pública (calorías, grasas, azúcares adicionados y sodio) y el reporte de vitaminas y minerales que son deficientes en la población colombiana (vitamina a y d, hierro y zinc).

'El último paso en la adopción del etiquetado nutricional en Colombia deberá darse en mayo de 2021 y su obligatoriedad, se estima, comenzará en noviembre de 2022. Estas disposiciones se implementarán en un tiempo aproximado de 18 meses una vez se expida la resolución para que la industria realice los ajustes pertinentes', informó la cartera de protección social.

La reglamentación ha estado a cargo de la Presidencia de la República, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Cámara de la Industria de Alimentos de la Asociación Nacional de Industriales (Andi), la Cámara de la Industria de Bebidas de la Andi y la sociedad civil representada por Red Papaz, Dejusticia (Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad) y Educar Consumidores.

'Las entidades e instituciones que participaron en su elaboración analizaron diversos modelos gráficos usados en el mundo y límites nutricionales implementados en diversos países latinoamericanos, teniendo en cuenta el marco de la actual reglamentación del país y las normas internacionales sobre la materia', reportó la Casa de Nariño.

De igual forma, se permitirá el uso voluntario del sello frontal positivo, 'el cual estará relacionado con aquellos alimentos que cumplen con criterios positivos para la salud; este será monocromático y está por concertar con la industria'.

En el camino a la reglamentación se deberá surtir el Análisis de Impacto Normativo (AIN) con término de 10 días, consulta nacional (30 días), concepto previo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; consulta internacional (90 días), abogacía de la competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio, concepto por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública, revisión de la Dirección Jurídica Ministerio de Salud y Protección y expedición.

Las siguientes son las imágenes del sello frontal de advertencia del envase y/o etiqueta de los alimentos: