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El Tribunal Contencioso Administrativo de San Andrés, Providencia y Santa Catalina amparó los derechos colectivos al goce del medio ambiente y la existencia de un equilibrio ecológico en Johnny Cay, y ordenó a la Corporación Autónoma Coralina la protección integral de este ecosistema. 

En ese sentido, el Tribunal acogió la petición que hizo la Procuraduría General de la Nación, en defensa de la salubridad al medio ambiente y la protección de áreas de especial importancia ecológica. 

Por lo que ordenó a la Coralina que en un término no superior a los seis meses se actualice el Plan de Manejo Ambiental de Johnny Cay Regional Park y que en coordinación con la Dirección General Marítima (Dimar) aseguren que el número de visitantes no exceda la capacidad de carga en el área.  

El Tribunal ordenó además que, cada trimestre se prohíba el ingreso de turistas por tres días con el fin de realizar un proceso de mantenimiento de la infraestructura del parque. 

La Procuraduría sustentó esta petición debido a la presencia masiva y desmedida de visitantes, situación que se agrava por la falta de redes de acueducto, alcantarillado, saneamiento básico, la inexistente prestación de servicios públicos y el inadecuado manejo sanitario.