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La Corte Constitucional estableció que la plenaria de la Cámara de Representantes incurrió en un vicio de procedimiento al no discutir debidamente en el último debate de la reforma pensional, por lo que le dio un plazo máximo de 30 días hábiles para que lleve a cabo el trámite de subsanación.

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Primero, la Cámara deberá debatir de nuevo la proposición sustitutiva de acoger o no de nuevo el texto aprobado por el Senado: si lo acoge irá de nuevo la norma a la revisión en la Corte Constitucional, donde aún cursan una treintena de demandas contra el polémico proyecto del presidente Gustavo Petro, y si no lo acoge se deberá llevar a cabo la conciliación entre Senado y Cámara y en medio del debate habría una oportunidad para revisar, ajustar y sacar una reforma más consensuada.

Al tratarse de una proposición sustitutiva se requiere que haya mínimo tres horas de debate en la Cámara y si dicha proposición fuese negada, es posible que se rehaga el cuarto debate en la plenaria de la Cámara y haya cambios que requieran conciliación.

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Y el alto tribunal estableció que el plazo de ese trámite posterior sería toda la legislatura del el 20 de julio de 2025 al 20 de junio de 2026.