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La plenaria de la Cámara aprobó en segundo debate este jueves, por 93 votos a 13, la polémica reforma laboral del gobierno del presidente Gustavo Petro.

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La iniciativa pasa ahora al Senado de la República, primero a la Comisión Séptima y luego al pleno.

Este jueves, en una sesión de unas cuatro horas, la cámara baja dio luz verde a los cuatro artículos que restaban de los 80 originales del proyecto, que fueron los artículos 60, 61, 79 y 80, estos dos últimos referentes a la vigencia y la derogatoria de la reforma, la cual empezaría a regir una vez logre la eventual sanción presidencial.

El artículo 60, entre tanto, trata sobre la protección laboral ante la automatización de actividades y el 61 tiene que ver con la protección laboral frente a procesos de descarbonización y transición energética.

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Posteriormente, avaló la corporación ocho nuevos artículos presentados por distintas bancadas.

Entre lo aprobado estuvo el punto pactado entre el Gobierno y los transportadores de carga en el paro camionero meses atrás.

Este artículo formaliza la contratación de transportadores de carga y pasajeros, lo que incluye contratos directos, cotización a riesgos laborales y el reconocimiento de horas extra y recargos nocturnos.

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Los otros artículos nuevos avalados tenían que ver con el trabajo sostenible, la reducción de emisiones de carbono, eficiencia energética, capacitación en prácticas sostenibles; las actividades productivas de la población privada de la libertad que será reconocida como experiencia; las medidas en contra de estigmatización a personas reincorporadas y reintegradas; y el programa de primer y último empleo, para el que se creará programa para jóvenes recién graduados e incentivos a las empresas e incentivos al último empleo.

También está el de la formalización laboral de las personas manipuladoras de alimentos del PAE; entornos laborales flexibles, permitiendo el ingreso a animales de compañía y compañía emocional para mejorar salud mental y accesibilidad de personas con discapacidad; y la licencia por matrimonio remunerada por tres días hábiles y una única vez.

Gobierno celebró

Petro publicó en sus redes sociales tras conocerse la noticia: “La Cámara de Representantes aprobó la reforma laboral. Estamos un paso más cerca de construir un sistema laboral justo, enfocado en proteger los derechos de los trabajadores”.

A su vez, el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, manifestó: “Acompañamos este paso hacia la restauración de derechos laborales como el recargo nocturno desde las 7 p. m., la reglamentación del teletrabajo, la incorporación de empleos verdes y azules, y las licencias por incapacidades menstruales, entre otros. Este es el camino para dignificar el empleo para todas y todos los colombianos”.

Entre tanto, el presidente de la Cámara, el representante Jaime Raúl Salamanca, de la Alianza Verde, reportó que durante los debates de la reforma laboral “en total hubo 891 intervenciones, 12 sesiones, más de 1.400 proposiciones discutidas, se eliminaron 7 artículos de la ponencia y se aprobó adicionar 8 artículos nuevos”.

Lo último aprobado

El pasado miércoles, a altas horas de la noche, fueron aprobados los artículos 22 y 23, relacionados con el contrato de aprendizaje, que permitirá a los estudiantes obtener formación práctica en empresas por hasta 36 meses. En la fase lectiva recibirán el 60% de un salario mínimo y en la fase práctica un salario mínimo completo. Así mismo, se establece que las empresas que no cumplan con la cuota de aprendices deberán pagar al Sena 1,5 salarios mínimos por cada aprendiz faltante.

También esta semana se avaló la ampliación de la licencia de paternidad y la prohibición de los contratos sindicales.

Se trata de los artículos 49, que extiende la licencia de paternidad de dos a cuatro semanas; 52, del programa de convenios laborales para las víctimas del conflicto armado; y 67, de la prohibición de contratos sindicales con organizaciones sindicales para la prestación de servicios o ejecución de obras.

Y, así mismo, el pleno de la cámara baja, con 68 votos, negó el artículo 50, que se refiere a la licencia de maternidad y paternidad en parejas adoptantes del mismo sexo.

Además, eliminó los artículos 31, 32 y 33, que tenían que ver con el contrato y el jornal agropecuario, en los que se leía que “en ningún caso el jornal diario agropecuario será inferior al salario mínimo diario legal vigente o al pactado en convención colectiva y el factor prestacional que no podrá ser inferior al 30 % de dicha cuantía”.

Y agregaba la norma eliminada que “un jornal rural además de retribuir el trabajo diario ordinario compensará el valor de la totalidad de prestaciones sociales y beneficios legales, tales como, primas, auxilios y subsidios, sin incluir las vacaciones”.