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BOGOTÁ. Con ponencia de los magistrados Cristina Pardo Schlesinger y Antonio José Lizarazo Ocampo, la Corte Constitucional informó el pasado martes que declaró inconstitucional el Código Electoral.

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Se trata del proyecto de ley estatutaria 111 de 2022 acumulado con el proyecto de ley 141 de 2022, 'por la cual se expide el Código Electoral Colombiano y se dictan otras disposiciones'.

El alto tribunal guardián de la Carta Magna, por unanimidad, declaró la inconstitucionalidad de la norma por vicios de procedimiento en su forma.

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'Los vicios de procedimiento en su formación fueron principalmente porque no superó el análisis de impacto fiscal, falta de consulta previa en algunos artículos y elusión del debate', indicó la Corte en sus redes sociales.

De esta manera, por segunda vez consecutiva, una reforma al Código Electoral se cae en el examen de constitucionalidad de la Sala Plena del alto tribunal. La norma previa, aprobada en 2020, también fue hundida por vicios de forma en su trámite.

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La iniciativa había sido impulsada por el exregistrador Alexánder Vega, hoy copresidente del Partido de la U.

En el pasado Código, la Corte había advertido, en similares circunstancias, que no hubo deliberación real ni análisis de impacto fiscal, además se criticó la aprobación en sesiones extras de una ley estatutaria. 

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Por ello, el Congreso arrancó un nuevo debate y aprobó un nuevo Código, pero en el análisis automático del alto tribunal por tratarse de una ley estatutaria, llegaron múltiples reparos que afirmaban que esta reforma al no tuvo un análisis real de impacto fiscal, que es un requisito indispensable en estos casos, porque aunque el Ministerio de Hacienda hizo comentarios sobre los costos que podría implicar el Código en un documento de cinco páginas, indicando que tener en todos los puestos de votación a delegados de la Registraduría costaría $204.403 millones, que la identificación biométrica podría valer entre $639 mil millones y $698 mil millones, y que el voto electrónico mixto costaría $93 millones por mesa, para un total aproximado de $10,5 billones, la Corte dijo que esto no constituía un análisis del impacto fiscal de la norma.

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El Código Electoral, de 277 artículos, creaba el voto electrónico mixto, las jornadas electorales hasta las 5:00 de la tarde y no hasta las 4:00 como en la actualidad, la actualización del censo electoral, la eliminación de la inscripción de cédulas y la implementación de una visita domiciliaria para estos efectos, los super poderes al registrador de poder nombrar cargos directivos del nivel central, los registradores distritales de Bogotá, registradores departamentales y delegados seccionales; el hecho de que la identificación de los colombianos, los procesos electorales y los mecanismos de participación ciudadana pasaban a ser de seguridad y defensa nacional; la contratación de la Registraduría sería reservada, entre otros.

Al momento del debate, el representante Alirio Uribe, del Pacto Histórico, explicaba que el Código 'evita los delitos electorales: compra de votos, soborno y constreñir al elector, permite superar las deficiencias históricas en el proceso electoral, fortalecer la transparencia y las instituciones democráticas; le da fuerza al CNE frente a la Registraduría; aboga porque el proceso electoral no sea privatizado ni tercerizado; regula todos los procesos de identificación electoral y que el 'software' electoral sea propiedad del Estado y no de entidades particulares'.

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Mientras que la representante Katherine Juvinao, de la Alianza Verde, advertía que no se podía 'pupitrear' la iniciativa: 'De manera inexplicable e injustificable se pretende hoy 'pupitrear' en Comisión Primera de la Cámara del Código Electoral de casi 400 artículos. ¿Por qué vamos a ferrocarrilear en una sola tarde este proyecto, sin un debate profundo y plural como sí lo hubo en Senado? Por qué, además, si el texto radicado es equivocado (por el afán radicaron el que no era), no se actúa al derecho y se subsana este texto antes de seguir con el debate?'.