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La Corte Constitucional informó el pasado lunes en un comunicado que ordenó la implementación de un plan provisional de acción que garantice la protección de la niñez wayuu en el marco de la sentencia T-302 de 2017 que declaró el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en relación con el goce efectivo de los derechos fundamentales a la alimentación, a la salud, al agua potable y a la participación de esta población en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, en La Guajira.

Este plan, advierte el alto tribunal, deberá ser construido, teniendo en cuenta sus competencias, por la Presidencia de la República; los ministerios de Salud, Vivienda, Ambiente y Desarrollo Sostenible, Agricultura y Hacienda; el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social; el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE); el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF); la Superintendencia Nacional de Salud; la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres; el Departamento de La Guajira y los municipios de Uribia, Manaure, Riohacha y Maicao.