El Tribunal de Arbitraje del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), en la controversia iniciada por el inversionista Eco Oro, reconoció que la prohibición para hacer actividades de minería en páramos es una manifestación del derecho a regular que tiene el Estado colombiano.
Este tribunal acogió los argumentos de la defensa para reconocer que la medida adoptada por el Estado colombiano no fue discriminatoria para los inversionistas de Eco Oro, y que no buscaban proteger un objetivo legitimo, como lo es la protección del medio ambiente.