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El Ministerio de Transporte expidió nuevo reglamento para que los comercializadores de importadores de cascos, cumplan las normas de calidad y con ello se eviten que estos productos de mala calidad, terminen por afectar la salud de los usuarios.

La Ministra de Transporte, Ángela María Orozco, firmó la Resolución número 0001080 con la que expide el 'Reglamento Técnico De Cascos Protectores Para el uso de Motocicletas, Cuatrimotos, Motocarros, Mototriciclos, y Similares'.

Dentro de las principales determinaciones de la norma está que los fabricantes, importadores, comercializadores y organismos de certificación serán responsables por el cumplimiento de las condiciones técnicas exigidas.

Entre estas exigencias está además que se debe cumplir con unos requisitos mínimos de etiquetado y cumplir con los respectivos ensayos como son, visión periférica, ensayo de rigidez, ángulo de apertura del visor, extensión de la coraza, ensayo de absorción de impactos y transmitancia luminosa, entre otros.

'El propósito es proteger la vida de los usuarios mediante el uso de un buen casco y con esta norma esperamos lograrlo, por lo que habrá una transición mínimo de un año para esta nueva regulación. En segundo lugar, el foco de control no serán los motociclistas, vamos a exigirles a los vendedores de cascos que los productos que vendan cumplan con los estándares mínimos de seguridad', manifestó la Ministra Orozco, quien precisó que en ningún caso los motociclistas serán sancionados por esta medida.

Así mismo, los cascos deberán cumplir con la información descrita en el etiquetado la cual podrá estar en una o más etiquetas y deberá ser legible a simple vista, de manera veraz y completa.

Según explicó la Ministra, la etiqueta se colocará en lugar visible y de fácil acceso para consulta, adherida internamente de manera que no altere la estructura del producto y debe estar disponible al momento de su primera comercialización.

Igualmente, la norma señala que el etiquetado deberá evidenciar el país de origen del producto, el nombre del fabricante o importador; y la identificación del lote o su fecha de producción.

Transición

Esta Resolución, la número 0001080 de 20 de marzo de 2019, no aplica para cascos de usos industriales, cascos para bicicletas y otros vehículos similares.

De igual manera, los productores e importadores y vendedores de estos productos, tendrán un año de transición para que cumplan con la norma técnica exigida.

Según estadísticas de la Organización Mundial de la Salud (OMS), utilizar cascos certificados de forma adecuada, disminuye el riesgo y gravedad del traumatismo en 72% y la probabilidad de defunción en 39%.

Cada año se pierden aproximadamente 1,35 millones de vidas como consecuencia de los incidentes de tránsito y 50 millones de personas sufren traumatismos no mortales y muchos de esos traumatismos provocan