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El presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó la ley que declara la indignidad de heredar a quienes maltratan abandonan o atentan contra la vida de sus padres o cónyuges.

La norma indica que los hijos no podrán heredar si abandonan a sus padres 'sin justa causa estando obligado a suministrarle alimentos y asistencia médica'.

La ley establece que también son indignos de heredar quienes hayan participado o intervenido para atentar contra la vida de sus padres y cónyuges, así como quien no le preste la ayuda necesaria o manipule el testamento.  

Sin embargo, se exceptúa de las obligaciones al heredero que sea perdonado por su padre o cónyuge, siempre y cuando, el afectado se encuentre en pleno 'ejercicio de su capacidad legal y libre de vicio'.