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La Corte Constitucional le ordenó este martes a la superintendencia de Notariado y Registro la expedición de una circular para que notarios permitan a menores de edad transexuales efectuar el cambio en 'el componente sexo' en los documentos como registro civil.

De acuerdo con el tribunal, para la expedición de dicha circular, la Superintendencia de Notariado y Registro tiene un término de 30 días.

'Se encuentran autorizados para llevar a cabo futuros cambios del componente sexo en los registros civiles de menores de edad trans, cuando los respectivos notarios concluyan en los casos concretos que se cumplen', señala la sentencia de la Corte.

Esta sentencia se emite luego de una tutela que ganó un menor de edad junto a su madre en la sala de la Corte.

Los magistrados decretaron que 'la manifestación de identidad de género (…) que ha hecho desde temprana edad, así como su plan de vida como mujer, no pueden considerarse como aspectos exclusivos a pesar de no tener aún 18 años'.

No obstante, Jairo Alonso Mesa, superintendente de Notariado y Registro, confirmó en Blu Radio que los notarios ya fueron informados de esta decisión tomada por el alto tribunal.

'Los notarios en estos momentos no tienen un procedimiento claro para hacerlo, hasta que se cumplan los 30 días. Pasado ese tiempo la superintendencia sacará la instrucción y ahí estarán muy claras las reglas de juego para cumplirlo', sostuvo.

Requisitos previos que se deben cumplir

Manifestación voluntaria del menor.

Estar próximo a cumplir la mayoría de edad.

Que haya conceptos profesionales.

Explicación de la determinación.