Los Grupos Armados Organizados que busquen acogerse al nuevo procedimiento de sometimiento ante la justicia que el Gobierno Nacional radicaría este martes en el Congreso, tendrán que cumplir requisitos estrictos para ello.
El borrador del proyecto de ley señala once requisitos para sujetarse de manera colectiva a la justicia, a través del representante que sus miembros deleguen mediante poder formalmente otorgado.
En primer lugar, la manifestación expresa, libre, voluntaria y debidamente informada de sujetarse a la justicia. Segundo, 'información precisa que permita identificar la estructura del grupo armado organizado, su área de influencia y expansión territorial, su modo de operación y el número total de sus integrantes'.
Igualmente, se deberá hacer una individualización de todos los miembros que se van a sujetar a la justicia, con sus respectivas actas individuales, suscritas bajo su nombre, documento de identificación, firma y huella. Estas actas deberán contener la identificación plena de cada persona, fecha de ingreso, zona de operación, exposición detallada de los delitos cometidos, las pruebas que posean y el compromiso de no volver a delinquir, entre otros.
Los interesados deberán detallar en la comunicación los delitos que reconocerán de manera colectiva o individual, 'en especial lo relacionado con actos de corrupción y la vinculación de servidores públicos en ellos; tráfico de estupefacientes, lo que incluye rutas de narcotráfico, lavado de activos y ubicación de plantaciones; participación de menores en las actividades del grupo armado organizado; minería criminal y tráfico de armas'.
Igualmente, deberán incluir información que permita la identificación de las víctimas de los delitos que serán reconocidos colectivamente y una relación detallada de los bienes que han sido obtenidos producto de la comisión de crímenes y que serán entregados.
En séptimo lugar, el proyecto de ley señala que se deberá entregar 'información específica sobre otras actividades económicas y del mercado ilícito de las cuales derivan recursos económicos para su financiamiento y articulación, así como la relación e información de los testaferros del grupo y sus miembros'.
Asimismo, se deberá detallar la información que tengan sobre otras estructuras de apoyo, con énfasis en conexiones con servidores públicos. Además, se deberá identificar a los menores de edad que hagan parte de las organizaciones, que serán entregados para su protección.
Un elemento adicional importante reside en que las organizaciones criminales deberán hacer un plan de reparación para las víctimas.
El borrador del proyecto de ley señala que una vez se haga esta solicitud de sujeción, el Gobierno deberá analizarla y se podrá dar plazo hasta de un mes para subsanar errores. Además, se deja en claro que los bienes que entreguen serán sujetos de extinción de dominio.
Una vez estén listo todos estos detalles, el Gobierno anunciará y dará a conocer el proceso de sujeción de las organizaciones y tendrá la potestad de designar a uno o varios delegados para el acercamiento con estas bandas, en una zona del país determinada por el Gobierno.
El proyecto enfatiza en que los integrantes deberán aceptar todos los delitos que hayan cometido por la pertenencia a ese grupo ilegal, pero detalla que esto no implica que el Estado no pueda investigarlos y sanciones por otros delitos diferentes a esos.
Ahora bien, una vez inicie el proceso de sujeción a la justicia, la Fiscalía General de la Nación, previa solicitud expresa del Consejo de Seguridad Nacional, 'podrá suspender, hasta el momento en que se emita sentido de fallo condenatorio, las órdenes de captura que se hayan dictado o se dicten en contra de los representantes de los grupos armados organizados y sus miembros'.
Asi será la judicialización
El elemento clave, de cómo hacer la judicialización de manera colectiva de estas personas, igualmente está detallado en borrador del proyecto de ley. Allí se indica que la Fiscalía delegará a cuantos fiscales sean necesarios para hacer la investigación, para luego hacer un escrito de acusación colectiva, que se restringe a los hechos que reconocieron en el acta.
'De la comunicación se dejará constancia, a la que se adjuntarán las actas de sujeción individual, lo cual equivaldrá al allanamiento a cargos y comportará una rebaja punitiva de hasta el 40 % de la pena impuesta. Esta rebaja no será acumulable con otras disminuciones de pena reguladas en la legislación ordinaria', dice el proyecto.
Diez días después, el fiscal presentará la acusación colectiva a una audiencia de verificación, en la que se anunciará el sentido de fallo condenatorio. Diez días después se dictará sentencia, que podrá apelarse. Se especifica que todo el proceso se garantizarán los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.
El proyecto de ley señala que el Consejo Superior de la Judicatura tendrá que garantizar jueces de control de garantías con la función especial de atender prioritariamente las diligencias relacionadas con los delitos cometidos por Grupos Delictivos Organizados y Grupos Armados Organizados.
Igualmente, dice que la Defensoría del Pueblo dispondrá de defensores públicos ambulantes para asistir a estas personas. Eso sí, se especifica que quienes cometan nuevos delitos cinco años después de haber sido sentenciados, perderán la rebaja. Además, habrá extradición.
'En ningún caso la sujeción a la justicia, de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente ley, impedirá la extradición de los miembros de los Grupos Armados Organizados', dice el documento.
Se tipifica la amenaza a defensores de DDHH
El Gobierno Nacional propone, igualmente, la modificación del Código Penal para incluir nuevos delitos. En ese sentido, se castigará con entre 4 y 6 años de prisión a aquellos miembros, testaferros o colaboradores de Grupos Delictivos Organizados y Grupos Armados Organizados que mediante 'constreñimiento impidan u obstaculicen el avance de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial establecidos en el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera'.
Por constreñimiento al sufragante la pena se aumentará en una tercera parte, cuando la conducta sea cometida por miembros de estos grupos.
Igualmente, se modifica el concierto para delinquir y se tipifica el asesoramiento a Grupos Delictivos Organizados y Grupos Armados Organizados con penas de entre 6 y 10 años, excluyendo la defensa técnica.
Uno de los elementos más importantes del proyecto consiste en que se crea el delito de amenaza contra defensores de derechos humanos y servidores públicos.
'El que por cualquier medio atemorice o amenace a una persona que ejerza actividades de promoción y protección de los derechos humanos, o a sus familiares, o a cualquier organización dedicada a la defensa de los mismos, comunicándole la intención de causarle un daño constitutivo de uno o más delitos, en razón o con ocasión de la función que desempeñe, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años', dice el articulado.