En lo que se denominó como una estrategia del 'castrochavismo' para afectarlo, el expresidente y senador de la República, Álvaro Uribe, defendió este martes la adquisición de sus tierras que tiene en el Ubérrimo, en Córdoba, y negó que las mismas correspondan a una acumulación ilegal de terrenos baldíos.
Su declaración la dio en el plenaria del Senado, en donde dejó una constancia en la que rechazó el señalamiento que en tal sentido le hizo el contralor Edgardo Maya Villazón, en un informe conocido hoy sobre los posibles tenedores ilegales de predios.
'Si se consolida este abuso y tengo que perder este pedazo de tierra, o pagar por una cabida equivalente, lo haré, pero de manera ninguna renunciaré a mi vocación de empresario honorable del campo, con sentido social, y por motivo alguno dejaré de oponerme al proceso CastroChavista que avanza en Colombia, como lo muestran estas temerarias acusaciones', sostuvo el expresidente Uribe.
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Indicó que su grupo familiar tiene una explotación agropecuaria de cerca de 1500 hectáreas y frente a las 103 hectáreas de las que hace referencia el contralor 'no conforman un predio físico, están en nueve adquisiciones. Todas fueron baldíos adjudicados por el Estado antes de 1994 a particulares ajenos a mi familia o a mi persona'.
Uribe sostuvo que las compras son legales y no constituyen acumulación ilegal, porque el Estado adjudicó estos predios antes de la ley 160 de 1994.
Y explicó al respecto que 'un predio fue comprado a una sucesión.
Cuatro predios fueron comprados a quienes habían sido adjudicatarios de baldíos. Tres predios fueron comprados a dueños que habían adquirido de adjudicatarios de baldíos o de adquirentes posteriores.
Un predio de una hectárea más 2792 metros cuadrados fue adquirido por única escritura'.
La declaración de Uribe
En mi grupo familiar tenemos una explotación agropecuaria de aproximadamente 1500 hectáreas. El contralor y grupos políticos me acusan de acumulación ilegal de 103 hectáreas que no conforman un predio físico. Están en 9 adquisiciones. Todas fueron baldíos adjudicados por el Estado antes de 1994 a particulares ajenos a mi familia o a mi persona.
Las compras son legales y no constituyen acumulación ilegal por cuanto el Estado adjudicó estos predios antes de la ley 160 de 1994. Asi se desprende claramente de la Superintendencia de Notariado y Registro, en su Instrucción Administrativa 09 de 2017.
También la Corte Constitucional lo deja claro en la sentencia C-077 de 2017 que en el numeral 145 de los considerandos dice, 'El régimen contenido en el título XII de la ley 160 de 1994 y que aplica a las adjudicaciones hechas en vigencia de tales disposiciones…', lo cual significa que la restricción sobre acumulación no aplica a las adjudicaciones anteriores a dicha ley. Estos predios no tenían advertencias en los folios de matrícula inmobiliaria, por lo cual notarios y registradores protocolizaron las escrituras y efectuaron los registros.
Un predio fue comprado a una sucesión. Cuatro predios fueron comprados a quienes habían sido adjudicatarios de baldíos. Tres predios fueron comprados a dueños que habían adquirido de adjudicatarios de baldíos o de adquirentes posteriores. Un predio de 1 hectárea más 2.792 metros cuadrados fue adquirido por única escritura.
Con los anteriores argumentos acudiré a todas las instancias judiciales y administrativas. Si se consolida este abuso y tengo que perder este pedazo de tierra, o pagar por una cabida equivalente, lo haré, pero de manera ninguna renunciaré a mi vocación de empresario honorable del campo, con sentido social, y por motivo alguno dejaré de oponerme al proceso CastroChavista que avanza en Colombia, como lo muestran estas temerarias acusaciones.
Álvaro Uribe Vélez