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Luego de que la Superintendencia anunciara una sanción de los $451 millones a Uber, el Ministerio de Transporte anunció este martes que este mismo mes dará a conocer las reglas que deberán cumplir las plataformas y las empresas interesadas en habilitarse para prestar el servicio de transporte individual de lujo en el país.

'En la reglamentación señalaremos el procedimiento que debe seguir la industria para homologar los vehículos que se utilizarán en esta modalidad y los niveles de servicio que deben cumplir las empresas habilitadas por el Ministerio', manifestó la Ministra de Transporte, Natalia Abello Vives, en un comunicado oficial.

La Ministra enfatizó que 'bajo ninguna circunstancia los vehículos particulares pueden prestar o atender algún tipo de servicio público de transporte de pasajeros'.

Abello afirmó que en la reglamentación que se expedirá se busca que 'el uso de la tecnología en la prestación del servicio público de transporte de pasajeros se constituya en una herramienta que mejore la operación, la gestión y la seguridad'.

Según los datos suministrados hoy por el Ministerio, algunos de los requisitos son implementar herramientas web, la vinculación de aplicaciones (apps) para el acceso desde dispositivos electrónicos móviles y que los usuarios tengan la opción no sólo de solicitar sino aceptar y cancelar el servicio libremente.

El Ministerio de Transporte, de acuerdo con el decreto 2297 del 2015, tiene plazo hasta mayo de este año para reglamentar el servicio de vehículos de lujo.

Requisitos para prestar servicio de lujo

Según el Ministerio, las obligaciones que deben cumplir las empresas para prestar el servicio individual de lujo a través de la plataforma son:

• Registrar la información de conductores y vehículos en la plataforma.

• Estimar la tarifa para el pasajero con base en el origen y destino deseado.

• Presentar la tarifa estimada y el tiempo de llegada al origen y destino del pasajero.

• Mantener la trazabilidad de georreferenciación y longitud de los trayectos, tarifas aplicadas y tiempos de recorrido.

• Gestionar pagos por medios electrónicos.

• Calificar la calidad del servicio prestado, que integra la calificación del conductor, del vehículo y del servicio.

• Calificar al pasajero.

• Generar indicadores de operación.

• Recibir, gestionar y dar respuestas a las PQRS (Preguntas, Quejas, Reclamos y Sugerencias).

• Reportar información sobre infracciones al tránsito y al transporte.

• Reportar información generada por la prestación del servicio, como la cantidad de servicios prestados, trayectos recorridos, tarifas aplicadas, calificaciones de los servicios prestados y demás variables de la operación.

• Debe garantizar la protección de la información sensible, contra acceso y divulgación no autorizado.