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El Juzgado Noveno Penal del Circuito de Barranquilla confirmó la decisión del Juzgado Once Penal Municipal con función de Control de Garantías que declaró improcedente una tutela presentada por un grupo de estudiantes contra la rectora del colegio Marymount de Barranquilla, que 'reclamaban la formalidad acostumbrada en la ceremonia de grado'.

En un fallo proferido el pasado 30 de julio, la juez Aura Alexandra Rosero Baquero asegura que en el caso se evidenció que más que un castigo, la postura de la rectora del colegio, de no permitir actos protocolarios en el evento de graduación, fue 'educar a través de una lección de valores' a sus educandos, 'una lección de ética' que invita a los estudiantes y a los padres de familia a reflexionar sobre las competencias sociales que se deben fortalecer en los niños y jóvenes, 'como deber legal, constitucional y convencional.

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La decisión del colegio de suspender la ceremonia de grado de 61 estudiantes se conoció luego de advertirse de un supuesto fraude durante un simulacro de las pruebas Icfes. En consecuencia, se realizó un acto de entrega de los diplomas, sin el protocolo que para estos casos se utiliza.

El fallo

En el documento de 7 páginas, la juez indica que la institución estaba en el deber de proteger la educación, como lo exige la Constitución y la Convención de los Derechos del Niño. '(…) la educación a que tiene derecho todo niño es aquella que se concibe para prepararlo para la vida cotidiana. Fortalecer su capacidad de disfrutar de todos los derechos humanos y fomentar una cultura en la que prevalezcan unos valores de derechos humanos adecuados. El objetivo es habilitar al niño desarrollando aptitudes, su aprendizaje y otras capacidades, su dignidad humana, autoestima y confianza en sí mismo. En este contexto, la 'educación es más que una escolarización oficial y engloba un acto espectro de experiencias vitales y procesos de aprendizaje que permiten al niño, ya sea de una manera individual o colectiva, desarrollar su personalidad, dotes y aptitudes y llevar una vida plena y satisfactoria en el seno de la sociedad', se lee en uno de los apartes del fallo.

La juez también señala que en este caso 'no se pudo informar' cómo la situación puso generar algún tipo de afectación en los derechos fundamentales de los estudiantes, quienes no recibieron sanción administrativa o disciplinaria por un supuesto fraude con las pruebas preparatorias del Icfes.

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En ese sentido, se determinó que la ceremonia sí se realizó un acto de graduación, pero sin la formalidad acostumbrada. '(…) en una clara manifestación de transmitir valores y educar en valores como lo exige la Constitución, a través de la decisión blindada por el principio de la autonomía no permitió un acto protocolario frente a la situación de fraude que enlutaba al colegio', dice la juez en su decisión.

En el fallo igualmente se advierte que no se pudo demostrar que la institución estaba obligada a cumplir con dicha formalidad.