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En el Departamento del Atlántico, 75 establecimientos comerciales están siendo investigados por posible contaminación sonora. Así lo indicó Claudia Urbano Maury, coordinadora del Centro de Reacción Inmediata Ambiental (CRIA) de la Corporación Autónoma Regional (CRA).

'Tenemos 75 establecimientos que ya tienen aperturados procesos sancionatorios, de los cuales van en las etapas de investigación, otros están en la formulación de cargos y ya hay tres a los que vamos a sancionar', sostuvo Urbano.

De acuerdo con la entidad, los municipios con mayor impacto ambiental por concepto de ruido están: Soledad, Malambo, Sabanagrande, Ponedera, Manatí, Repelón, Sabanalarga, y el corregimiento Los Pendales en Luruaco.

En el caso de Manatí, en operativos realizados por la Corporación, se les prohibió a los dueños de 11 locales dedicados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas, el uso de picós, bafles o cualquier otro elemento que emita ruido en gran volumen en el espacio público. Esto debido a la afectación al ambiente y el malestar que ha producido en los vecinos del sector.

'Si estas personas no acatan lo que dice la autoridad ambiental, queda junto con la Policía, de acuerdo al nuevo Código de Convivencia 1801, decomisar los elementos con los que se hace ruido y proceder como lo que dice la norma e imponer medidas sancionatorias', expresó la funcionaria de la CRA.

Según lo contemplado en el artículo 9 de la resolución 0627 de 2006 del Ministerio del Medio Ambiente, en las áreas residenciales los decibeles permitidos son: 65 en el día y por la noche 55.

En los sectores comerciales se permiten 75 decibeles en las horas diurnas y en las nocturnas 65; y en las zonas industriales, consideradas de mayor impacto ambiental, son permitidos 85 decibeles en el día y 75 por la noche.

Frente a esto, según lo indicó Urbano Maury, quienes sobrepasen los niveles de volumen permitidos por la norma podrían tener las siguientes sanciones: llamado de atención por parte de la autoridad ambiental, decomiso de elementos de emisión de ruido (equipo de sonido, picós, bafles) y sanciones de orden pecuniario que pueden llegar hasta los 5.000 salarios mínimos diarios legales vigentes.

Asimismo, quien haga caso omiso a los llamados de atención y sanciones impuestas por las autoridades e incurran nuevamente en la falta, el caso sería enviado a la Fiscalía y el infractor podría pagar el desacato con dos días de cárcel.

'Hay muchos parámetros para imponer una multa, se tiene en cuenta el estrato socioeconómico de la persona que está emitiendo el ruido, las condiciones y el área afectada', dijo la coordinadora del CRIA, quien además sostuvo que más allá de imponer una sanción, se busca es 'culturizar a la comunidad' en temas de respeto del espacio y tranquilidad de las personas.