La Secretaría de Control Urbano y Espacio Público asegura que a $600 millones asciende la multa a las empresas de telefonía móvil que incumplieron los plazos otorgados para legalizar la situación de sus antenas y demás estructuras, tal como lo exige el Plan de Ordenamiento Territorial, POT, vigente desde el 2014.
Henry Cáceres, titular de la dependencia en mención, explicó que las actuaciones administrativas por la instalación de 99 antenas, sin las respectivas licencias, se iniciaron con base en un informe entregado por la Secretaría de Planeación Distrital.
El informe dio cuenta sobre el incumplimiento de los plazos que el Distrito había fijado mediante los decretos 0559 del 29 de septiembre de 2014 y 0297 del 5 de mayo de 2015, para que todas las empresas de telecomunicaciones que tengan antenas instaladas en la ciudad acataran las nuevas normas, principalmente la que ordena el desmonte o la reubicación de esas estructuras hacia zonas de espacio público.
Las sanciones
En cada caso de antena o estructura similar que esté instalada sin permiso en áreas de espacio púbico o que ocupen con cualquier tipo de amoblamiento, instalaciones o construcciones, los parques públicos, zonas verdes o demás bienes de uso público, la empresa propietaria recibirá multas sucesivas que oscilarán entre 12 y 25 salarios diarios vigentes por metro cuadrado de intervención u ocupación, sin que en ningún caso la multa supere los 400 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Ello quiere decir que una empresa de telecomunicaciones incursa en esta investigación podría recibir una multa de hasta 275 millones 781 mil pesos por cada antena ilegal que tenga instalada en espacio público o en bien de uso público.
Para el caso de las que estén instaladas en un inmueble a un uso diferente al establecido en la licencia o que contravenga las normas urbanísticas sobre usos específicos del suelo, se podrán imponer multas entre 8 y 15 salarios mínimos legales diarios vigentes por metro cuadrado de intervención sobre el suelo o por metros cuadrados de construcción, según sea el caso, sin que en ningún caso la multa supere los 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Es decir, que una empresa de telecomunicaciones investigada deberá pagar multa hasta por 137 millones 890 mil pesos por cada antena ilegal instalada en predio privado o particular.
Sin embargo, ante la pregunta al secretario de Control Urbano del porqué en estos casos la multa es tan baja en proporción a los ingresos que reciben estas empresas, el funcionario respondió que pagarían entre 6 y 8 millones de pesos por cada antena porque las bases de estas son pequeñas, al igual que el área de intervención.
Cada sanción se aplicará de acuerdo con la tabla de uso de actividades establecida en el POT, que también define unos lugares específicos, alturas de las antenas, distancias y que estén en el espacio público.
'Muchos residentes de edificios se han acercado par saber qué hacer con respecto a las antenas que tienen en sus instalaciones', dijo Cáceres.
El funcionario enfatizó que el POT y todos los decretos reglamentarios, más que colocarle una barrera a las empresas de comunicaciones lo que busca es regular un ejercicio que se está 'volviendo sin control', pues en cualquier lugar instalan antenas sin notificar a Planeación y a Espacio Público.
Las sanciones se estarán profiriendo en julio próximo.
Plazo de gracia
Paola Serrano, jefe de la oficina jurídica de la Secretaría de Control Urbano, explicó que el POT estableció que las antenas deberán estar siempre en polígonos de espacios públicos. Ya no pueden estar en polígonos residenciales.
En ese orden de ideas, el POT les dio un plazo de 7 años para aquellas antenas, que fueron reportadas, y que se encuentran en los polígonos residenciales o inmuebles de particulares para que sean reubicadas. Se estima que son 400 las antenas instaladas en la ciudad. (Ver nota anexa).
'Las que no reportaron, el Decreto dice que tienen que ser desmontadas y reubicadas inmediatamente y es lo que estamos haciendo a través de un proceso sancionatorio donde existe un debido proceso para garantizarle a los operadores de comunicaciones que puedan ejercer su derecho de defensa y al final de todo determinar si es o no viable la reubicación inmediata para que sean ajustadas al POT y al decreto reglamentario'.
La funcionaria explicó que teniendo en cuenta que muchas antenas están ubicadas en edificios, vienen realizando un proceso de sensibilización con los representantes legales de las propiedades horizontales, y es así como para el jueves tienen prevista una inducción en las que les plantearán las opciones que tienen ellos y de esta forma no incurran en ninguna irregularidad o contravención para no ser sancionado.
Procesos de investigación
La Secretaría de Control Urbano y Espacio Público abrió inicialmente 119 autos de averiguación preliminar contra los operadores Tigo, Claro (antes Comcel), Une, Avantel y DirecTV, así como a los propietarios de inmuebles, en aquellos casos en que las antenas están instaladas en predios privados o particulares.
Surtido el trámite de notificación de los autos de averiguación preliminar, veinte procesos fueron archivados debido a que los representantes jurídicos de las empresas operadoras de telecomunicaciones lograron probar la existencia de licencias o autorizaciones otorgadas para la instalación de antenas en esos casos.
Sin embargo, no ocurrió lo mismo con los otros 99 autos de averiguación para los cuales se dispuso seguir procesos sancionatorios y se expidieron pliegos de cargos, tal como lo estipula el artículo 68 del Código de Procedimiento Administrativo. La notificación de cada uno de los pliegos se cumple a través de aviso, teniendo en cuenta que ninguna de las empresas investigadas envió a un representante a la Secretaría de Control Urbano a notificarse de manera personal.
Los términos de notificación comenzaron a vencerse desde el miércoles 18 de mayo, sin que ninguna de las presuntas infractoras respondiera los pliegos y mucho menos solicitara práctica de pruebas.
Según Serrano, a partir de esta semana comenzarán a expedirse los autos de traslado para la presentación de alegatos por parte de las empresas investigadas, para lo cual tendrán un término de diez días hábiles.
'Se ha cumplido el debido proceso y por eso hemos sido pacientes en el vencimiento de los términos de ley', explicó la abogada Serrano, quien además destacó que de los 99 procesos sancionatorios, 33 corresponden a antenas que ocupan espacio público sin permiso y 69 a estructuras instaladas en predios privados, principalmente en azoteas de edificios o lotes adecuados en zonas residenciales.
De los 99 casos investigados, 46 corresponden a Tigo, 27 a Claro (antes Comcel), 12 a Movistar, 9 a Une, 3 corresponden a DirecTV y 2 corresponden a Avantel.
En contexto
Los procesos administrativos contra las empresas operadoras de telecomunicaciones tomaron fuerza a raíz del incidente ocurrido en febrero del año pasado cuando una antena de siete metros de altura, de la empresa Claro, cayó desde la azotea de un edificio de apartamentos sobre el techo de una casa contigua en el barrio Paraíso, en la localidad Riomar, al norte de Barranquilla.
En ese momento, se anunció la expedición de una orden administrativa para que todas las empresas de servicios de telecomunicaciones en la ciudad desmontaran las antenas instaladas en las azoteas de los edificios residenciales, porque así lo ordena el POT adoptado mediante el Decreto 0212 de 2014.
El POT señala además que las estructuras de soporte -bien sea torres, postes, luminarias o estructuras similares- para la instalación de elementos de transmisión y recepción de telecomunicaciones, además de usar el espacio público, constituyen parte del mobiliario urbano propiedad del Distrito de Barranquilla.
Por consiguiente, al ser un bien público al servicio de las empresas de telecomunicaciones para la realización de su actividad, estas deben pagar una retribución por el uso o utilización que hagan de dichas estructuras de soporte. Los recursos que perciba el Distrito por este concepto serán destinados para mantenimiento y mejoramiento del espacio público, según lo ordena el POT.
Inventario de antenas: no están todas las que son
El decreto 0559 del 29 de septiembre de 2014 dispuso el levantamiento de un inventario completo de las estructuras de redes de telecomunicaciones en Barranquilla para lo cual se requirió que todas las compañías de servicios de este tipo presentaran a Planeación Distrital una relación de todas las estructuras que cada empresa posea y estén instaladas en predios privados, en bienes de uso público y en zonas distritales de uso público, debidamente georeferenciadas e identificadas con dirección y fotografía.
Con esto la Alcaldía busca realizar un levantamiento de planos de localización de todos los sistemas receptores y transmisores de señales móviles, postes y estructuras complementarias para ser incorporado en la cartografía oficial del Distrito y usar la información exclusivamente para fines de control y el ejercicio de sus competencias, amparado por las normas sobre secreto empresarial.
La cifra que siempre se maneja en las reuniones entre funcionarios de la Alcaldía y las empresas de telecomunicaciones, a partir de la entrada en vigencia del nuevo POT, es de 400 antenas en toda la ciudad. Pero para el ciudadano común, esa cifra es mucho mayor.
'Basta asomarse desde un balcón en un edificio alto u observar una fotografía panorámica de la ciudad para comprobar la enorme cantidad de antenas que hace parte del paisaje urbano en todos los sectores de esta capital', dijo Cáceres.
Por lo anterior, la secretaría de Planeación Distrital está realizando actualmente un barrido en cada una de las localidades para levantar su propio y 'confiable' inventario, confrontando de paso la información que suministraron en su momento las empresas de telecomunicaciones sobre la ubicación de sus antenas y con base en la cual se iniciaron los procesos sancionatorios que están en marcha.
Se prevé que el resultado de la actuación de este registro esté listo este mismo año y sirva de base para iniciar nuevos procesos de control.