En una sentencia de segunda instancia, el Consejo de Estado confirmó este jueves 12 de diciembre la sentencia del pasado 25 de septiembre, dictada por el Tribunal Administrativo de La Guajira, mediante la cual se declaró la nulidad por doble militancia de la elección de José Amiro Morón Núñez como alcalde de La Jagua del Pilar para el periodo 2024-2027.
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Con ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil, la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado resolvió el recurso de apelación interpuesto por el demandado, José Amiro Morón Núñez, contra la sentencia del Tribunal Administrativo de La Guajira.
La magistrada María del Pilar Veloza Parra emitió la sentencia, en septiembre pasado, basada en la infracción de Morón al apoyar públicamente a Wilmer Torres Nieves, candidato del partido Conservador, a pesar de haber sido elegido por el partido de la U, lo cual le prohíbe respaldar a candidatos de otras colectividades.
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La evidencia que sustentó la decisión fue un video que mostró a Morón apoyando a Torres, el cual fue difundido por un noticiero y en redes sociales. La autenticidad del video fue verificada por una empresa forense en Bogotá, confirmando la implicación del alcalde en la falta.
Quienes solicitaron la nulidad de la elección fueron Carlos Mario Isaza Serrano y Fabián Vicente Cotes González mediante escritos separados.
“Los demandantes aportaron, entre otros, un video y, señalaron que el 19 de octubre de 2023 José Amiro Morón Núñez concedió una entrevista en el medio ‘Tus Noticias 24’, en la cual manifestó “su apoyo rotundo y directo” a Wilmer Torres Nieves, candidato al Concejo de La Jagua del Pilar por el Partido Conservador Colombiano, pues realizó una invitación para marcar la “C” y el “número 7”; información correspondiente a este último, según el Formulario E-8 CO”, explicó el Consejo de Estado en la sentencia.
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José Amiro Morón Núñez contestó a la demanda con un recurso de apelación a la sentencia, en el que su abogado alegó que su cliente “no desplegó actuaciones positivas y concretas de apoyo a favor del candidato Wilmer Torres Nieves”.
“Refirió al desconocimiento de la videograbación y audio allegados por la parte actora, porque no se acreditó si el video es de índole público o privado y tampoco se tiene certeza si fue modificado o alterado. A su vez, señaló que el demandante no demostró la procedencia de las mentadas pruebas, poniéndose en entredicho su autenticidad”, agregó el Consejo de Estado.
También, el abogado de Morón “precisó que en el video se evidencia que el demandado emitió halagos y palabras de agradecimiento a favor del candidato Wilmer Torres Nieves, situación que, no podría entenderse como un acto configurativo de doble militancia.
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Además, indicó que el acusado no autorizó la publicación de la mentada videograbación y tampoco “orquestó” actos de proselitismo en respaldo del aspirante al Concejo de La Jagua del Pilar (La Guajira)”, añade.
En ese sentido, el demandado solicitó que se revocara la sentencia del 25 de septiembre de 2024 del Tribunal Administrativo de La Guajira, para que, en su lugar, se negaran las pretensiones de la demanda.
Sin embargo, tras la revisión del caso, el Consejo de Estado encontró que “el demandado apoyó la candidatura de Wilmer Torres Nieves, aspirante al Concejo de La Jagua del Pilar por el Partido Conservador Colombiano, a tal punto que se refirió a este último como vinculado a su proyecto político e indicó la forma en que se debía votar por el mentado candidato, aludiendo al eslogan de su colectividad y el número que le correspondió en la tarjeta electoral, en un medio de comunicación con difusión en los departamentos del Cesar y La Guajira”.
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Por lo anterior, el Consejo de Estado confirmó la sentencia del Tribunal Administrativo de La Guajira que declaró la nulidad de la elección de José Amiro Morón Núñez por doble militancia política.