La Corte Constitucional confirmó un fallo del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha en el que se ampara el derecho fundamental a la educación de manera integral de los menores de la comunidad wayuu de Jamichimana, en el distrito de Riohacha.
La demanda fue interpuesta por las madres de dos menores, Yakelin Ipuana Epinayu y María del Carmen González Pushaina, contra el ministerio de Educación Nacional y la Administradora Temporal del Sector Educativo del departamento de La Guajira, el distrito de Riohacha y los municipios de Uribia y Maicao.
Ellas pedían la protección de los derechos fundamentales a la educación de menores indígenas, igualdad, consulta previa, debido proceso y autonomía de las comunidades indígenas, con el fin de que fueran estas quienes decidieran si aceptan o no que sus niños se matriculen en otra escuela diferente al Aula Satélite de la comunidad y también la autorización para llevar a cabo el procedimiento, para obtener el código para la creación del Aula Satélite de la comunidad Jamichimana.
Las accionantes afirmaron en su demanda que el centro etnoeducativo más cercano a esta comunidad ancestral wayuu, queda a 10 kilómetros de distancia, por lo que los estudiantes corren un riesgo al caminar este trayecto, que está compuesto por zonas pantanosas y en la que abundan los animales salvajes, especialmente serpientes cascabeles, las cuales son comunes en esta área.