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Dos días de arresto en el establecimiento de reclusión de Sabanalarga, y tres salarios mínimos legales mensuales vigentes es la sanción que le impuso el Juzgado Primero Promiscuo de Candelaria al actual presidente de la mesa directiva del Concejo de ese municipio, Aldair Yance Rojano, por desacato a un fallo de tutela proferido el pasado 31 de enero por ese despacho, el cual le ordenaba seguir con el concurso público y abierto de méritos para la elección del Personero Municipal.

El Juzgado ordenó igualmente compulsa de copias dirigidas a la Unidad de Delitos contra la Administración Pública de la Fiscalía General de la Nación para que inicie la respectiva investigación penal si a ello hubiere lugar, en contra del representante legal de la mesa directiva de dicha corporación.

También se comunicó al Procurador General de la Nación sobre la sanción impuesta al cabildante, para que actúe de acuerdo con el artículo 27 del Decreto 2591 de 1991 que señala sobre el cumplimiento del fallo de tutela.

Los hechos

El abogado Jesús Montero Fontalvo se inscribió y participó en todas las pruebas establecidas en el concurso público y abierto de méritos para aspirar al cargo de Personero municipal de Candelaria para el período 2020-2024. Montero Fontalvo cumplió con el 90 por ciento del proceso, obteniendo los mejores puntajes entre ocho aspirantes.

De acuerdo con la Corporación Universitaria Reformada, institución encargada de evaluar a los aspirantes al cargo, Montero Fontalvo obtuvo el más alto puntaje en la prueba de competencias básicas funcionales (conocimientos) con 74.3. Igualmente logró la más alta calificación en la prueba de competencias comportamentales, laborales y psicotécnicas con 90.

El profesional del Derecho alcanzó también el mayor puntaje en la prueba de valoración de antecedentes laborales.

Una vez concluidas las etapas mencionadas, equivalentes al 90 por ciento del total del proceso, a Jesús Montero Fontalvo y al segundo aspirante con mayor puntaje en el concurso, solo les restaba presentar la entrevista con el Concejo Municipal, equivalente al 10 por ciento restante del proceso de selección que era la entrevista con el Concejo Municipal.

Sin embargo, los miembros de la anterior mesa directiva del Concejo Municipal revocaron el concurso de méritos mediante la resolución 015 del 27 de diciembre de 2019, argumentando supuestas irregularidades por la expresidenta de esa corporación, Carmen Rodríguez Pacheco.

Igual decisión tomaron los actuales miembros de la mesa directiva del Concejo Municipal de Candelaria, en cabeza de su presidente Aldair Yance Rojano, a través de la resolución 003 del pasado 19 de febrero, en la cual confirmaron la revocatoria de las resoluciones 010 hasta la 014 que reglamentaban y convocaban al concurso público y abierto de méritos para proveer el cargo de Personero en ese municipio.

A raíz de ello, el aspirante Jesús Montero Fontalvo impetró una acción de tutela ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Candelaria. El pasado 31 de enero el mismo despacho le concedió la acción de tutela a Jesús Montero Fontalvo, amparando con ello el derecho fundamental al debido proceso, la igualdad, defensa, confianza legítima, trabajo y acceso a los cargos públicos.

En la misma decisión el Juzgado dejó sin efecto la resolución 015 del 27 de diciembre de 2019 proferida por la anterior mesa directiva del Concejo Municipal de Candelaria, y ordenó a la actual mesa directiva de dicha corporación continuara con el cronograma del concurso de mérito para la escogencia de Personero Municipal, y en el término de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo debían citar a los concursantes para realizar la prueba de entrevista, para posteriormente hacer la sumatoria de los diferentes puntajes y publicar la lista de elegibles, decisión que no fue acatada por Aldair Yance Rojano como representante legal, y que derivó en la sanción impuesta.

'No existen razones válidas por las que el accionado no debía obedecer lo ordenado dentro del proceso. Está comprobado que existe una responsabilidad subjetiva por parte del representante legal de la mesa directiva del Concejo Municipal de Candelaria en el no cumplimiento a la orden impartida en la sentencia de tutela del 31 de enero de 2020', señala un aparte del fallo emitido por el Juzgado.

Y agrega: 'no se allegó al expediente ninguna explicación válida que haya impedido al conminado a conducir su proceder conforme a lo dispuesto en el fallo de tutela, tampoco se demuestra que este haya adoptado alguna conducta positiva tendiente a cumplir dicha orden de buena fe; también está claro que el obligado en su calidad de representante legal de la mesa directiva del Concejo Municipal ha tenido la oportunidad de hacer efectiva la orden de tutela y no lo ha hecho en forma intencionada, demostrándose la contumacia por parte del señor Aldair de Jesús Yance Rojano, lo cual lo hace responsable del incumplimiento', sentenció el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Candelaria.