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Solo dos de los seis testigos que estaban programados para declarar en la audiencia de juicio oral contra Jesús David De la Cruz Ortíz, alias El Guajirito, procesado por la muerte de los hermanos Kemel y Kevin Cervantes, pudieron declarar.

La diligencia inició con tropiezos, una hora después de lo programado, porque el nuevo abogado del procesado, por segunda ocasión, faltó a la audiencia que estaba planeada iniciara a las 10:00 a.m. en el Palacio de Justicia de Soledad. 

Sin embargo, pese al temor de que se suspendiera la diligencia judicial, el juez primero penal del circuito con funciones de conocimiento de Soledad decidió continuar con la presencia de un abogado de oficio que representó los intereses de alias el Guajirito, y lo hizo sin acceso a la prensa.

Alias el Guajirito es señalado de atacar el 7 de enero al patrullero Kemel Cervantes por la espalda y dispararle en 10 oportunidades. De acuerdo con la investigación de la Fiscalía, este ataque, registrado en la calle 15 con carrera 15 sur en Soledad, fue motivado por el temor que tenía ‘El Guajirito’ de que el policía tomara represalias en su contra por presuntamente haber asesinado a su hermano Kevin Cervantes, el 20 de marzo de 2017.

La continuación de la audiencia quedó programada para el próximo miércoles 5 de diciembre a las 9:00 a.m. donde se espera que los cuatro testigos que hacen falta realicen su intervención.

Solicitud de libertad sería inválida

Tras el inicio de la etapa de juicio oral contra alias el Guajirito, pierde validez la solicitud de su defensor sobre una posible libertad por vencimiento de términos prevista para el 29 de noviembre ante un juez de control de garantías.

De acuerdo al Código de Procedimiento Penal, esta solicitud no procedería ya que el estado logró llevar a De la Cruz Ortíz a etapa de juicio oral en un tiempo razonable, basado en el artículo 317 del Código de Procedimiento Penal, en el que se habla de las causales para la libertad de un procesado.

'Cuando transcurridos ciento veinte (120) días contados a partir de la fecha de presentación del escrito de acusación, no se haya dado inicio a la audiencia de juicio, en el caso de la justicia especializada el termino de tiempo se duplicará'. Es decir que deben transcurrir 240 días para otorgar libertad por vencimiento de términos. Sin embargo, este no sería el caso, debido al inicio del juicio oral.