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Cuando se movilizaba en un vehículo particular a la altura del kilómetro 101+800 metros, en un puesto de control ubicado en el municipio de Baranoa, uniformados adscritos a la Seccional de Tránsito y Transporte del Departamento capturaron a Guido Alberto Solano, contra quien existía una orden de captura emanada por el Juzgado 33 de Bogotá por el delito de fuga de presos.

El vehículo en el que se transportaba el capturad iba en sentido Cartagena-Barranquilla fue requerido por los uniformados para hacer una requisa y solicitar antecedentes judiciales, con lo que quedó en evidencia la orden judicial en contra de Solano, quien de inmediato fue detenido y dejado a disposición de la autoridad que lo requería.

El artículo 448 del Código Penal Colombiano señala que 'el que se fugue estando privado de su libertad en centro de reclusión, hospital o domiciliariamente, en virtud de providencia o sentencia que le haya sido notificada, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses'.