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Desde una sala de la cárcel de alta seguridad de Valledupar, Levith Rúa escucharía la acusación que la Fiscalía tiene en su contra por el abuso y homicidio de Gabriela Romero, estudiante del Sena de 18 años.

Al inicio de la diligencia que se llevaba a cabo por los delitos de feminicidio agravado, acceso carnal violento, desaparición forzada agravada y hurto calificado agravado, Levith Rúa se presentó y pidió que se aplazara debido a que quería estar presente en la sala, quería cambiar de abogado y además aseguró que se sentía débil porque venía de una 'huelga de hambre'.

El juez especializado con funciones de conocimiento, Jorge Torregrosa, desestimó, en primera instancia, esta petición. Le dijo al imputado que estaba en la sala, así fuere de manera virtual, que no había razones para cambiar a su abogado puesto que aún no habían siquiera presentado las pruebas en su contra, y que la huelga es voluntaria.

No obstante, Levith Rúa insistió, basándose en el artículo 122 de la Ley 906, el cual leyó desde un papel que tenía en mano. El apartado que una y otra vez leyó Rúa reza: 'si se advirtiera la presencia del conflicto y la defensa no lo resolviere mediante la renuncia del encargo correspondiente, el imputado o el Ministerio Público podrá solicitar al juez el relevo del defensor discernido. En este evento el imputado podrá designar un nuevo defensor. Si no hubiere otro y de encontrarse en imposibilidad para ello, el Sistema Nacional de Defensoría Pública le proveerá uno, de conformidad con las reglas generales'.

‘La Bestia del Matadero’ renunció a su defensor público, Alberto Esguerra. Este argumentó como razones que no se había entrevistado con el litigante en privado en los cinco meses que llevaba recluido en la cárcel de alta seguridad de Valledupar y que ni siquiera habían hablado vía telefónica. 

En la audiencia, Alberto Esguerra, quien era su abogado, se defendió afirmando que el hermano de Levith Rúa lo había contactado para contratarlo de manera privada. Esguerra afirmó que no aceptó la propuesta ya que es ilegal para un defensor público recibir dinero luego de haber tramitado un proceso para un imputado, pero que continuaría como defensor público.