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El juez Octavo Penal del Circuito con Función de Conocimiento, Álvaro Pájaro Guardo, manifestó ayer viernes que el juicio oral contra Juan Carlos Sánchez Latorre por el caso de acceso carnal violento con menor de 14 años, proceso que se desarrolla en Barranquilla desde marzo de 2008, continúa este jueves 8 de febrero en la sala 10 del Centro Servicios Judiciales.

El togado dijo además que el proceso había continuado desde aquella época, sin archivarse, pero que ha sido muy lento porque en la mayoría de veces no comparecieron los testigos de las partes.

Precisamente frente a ello, EL HERALDO conoció la información correspondiente a la audiencia de acusación que se llevó a cabo el 12 de mayo de 2008 en las instalaciones del Centro Cívico. En esta diligencia, tanto la Fiscalía, representada por el fiscal 38 de la Unidad de Vida Jairo Vergara Benítez, y la defensa de alias el ‘Lobo Feroz’, en cabeza de Julio Zárate, descubrieron sus testigos.

En aquel momento, la Fiscalía dijo tener los testimonios de la víctima, residente en ese momento en el barrio Bellarena del sur de Barranquilla. Del propietario de la vivienda donde vivía en marzo de 2008 Juan Carlos Sánchez Latorre. Del amigo de la víctima que estuvo con este en el motel donde, supuestamente, cometía sus fechorías el ‘Lobo’. De los investigadores de campo del CTI Humberto José Orozco Ariza y Yamile Párraga González, y la sicóloga del CTI Lida Rodríguez Navarro.

Además, el fiscal dijo en ese encuentro que tenía también el dictamen de Medicina Legal de unas pruebas realizadas a la víctima y toda la documentación relacionada con el capturado. Por ejemplo que este no tenía arraigo en la ciudad de Barranquilla y que era oriundo de Espinal, Tolima.

Por su parte, el abogado Julio Zárate, representante del ‘Lobo Feroz’ descubrió en su momento los testimonios de Carlos Villareal, gerente en ese momento del Almacén Tía; Mauro García, jefe de seguridad del Tía; una compañera de trabajo del ‘Lobo Feroz’; un amigo de la víctima; una vecina de la víctima, del barrio Bellarena; la novia del ‘Lobo Feroz’ para esa época y de un amigo del imputado y de la víctima.

Estas personas, de acuerdo con lo expresado con el juez, no se han presentado a los juzgados.

Las diligencias

Las audiencias fijadas entre el 15 de marzo y el 10 de noviembre contra Juan Carlos Sánchez fueron cinco desde que el caso fue repartido el 21 de abril. El 12 de mayo se realizó la acusación y el descubrimiento de pruebas por parte de la Fiscalía. El 10 de junio no hubo audiencia ya que por un cambio de fiscal, el ente acusador pidió una prórroga, que fue concedida hasta el 11 de julio, fecha en que el juez no pudo comparecer porque se encontraba atendiendo otra audiencia en ese momento.

Luego, el 21 de agosto, por una afectación de salud del juez de conocimiento se aplazó la audiencia hasta el 17 de septiembre cuando se encontraba instaurado el paro en la rama judicial.

Chivo expiatorio

La juez Diana Quiñónez Daza, que ahora se desempeña como fiscal en Santa Marta, manifestó un descontento ya que siente que ha sido el 'chivo expiatorio' en este caso.

En 2008 se desempeñaba como juez novena penal municipal con funciones de control de garantías y además como coordinadora del Centro de Servicios Judiciales. Desde entonces había informado sobre los 'problemas estructurales de la administración de justicia y en específico del Atlántico, dejando entrever las falencias del mismo'.

EL HERALDO conoció que en ese entonces, para todos los casos de Barranquilla y Soledad, solo había tres jueces de conocimiento que no tenían salas propias en donde llevar a cabo las audiencias. Por esta razón, existía una congestión en los procesos, cada juez tenía alrededor de 800, que de acuerdo con la ley 906 de 2004, debían ser resueltos en 60 días comunes.

Esta situación generó un paro en la rama judicial que comenzó desde el 3 de septiembre y terminó el 17 de octubre. El caso del Lobo Feroz se encontraba en proceso de juicio para ese entonces, con un denuncio.

El defensor de este presentó una solicitud de libertad por vencimiento de términos la cual le fue asignada a Quiñónez, para que ponderara si se habían rebasado los días límites que tenía la justicia para resolver la situación judicial de un privado de la libertad.

'En este caso específico yo conté días hábiles para evitar la salida -eso lo hacía en todas las audiencias-, es decir que para la fecha en que se concedió, tenía rebasados, en exceso, esos términos', explicó la representante del ente acusador.

En el acta de la audiencia se establece que de los 60 días hábiles que debían transcurrir, por cuenta de la juez novena penal, ya habían pasado 142.