La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) presentó el Proyecto de Resolución 701 098 de 2025, que propone ajustes a las normas vigentes para la conexión y operación de plantas solares y eólicas en el país. La iniciativa tiene como objetivo fortalecer la seguridad, confiabilidad y calidad del Sistema Interconectado Nacional (SIN) ante el rápido crecimiento de las energías renovables. Entre los principales cambios se destacan nuevos requisitos técnicos y pruebas obligatorias para ingresar al sistema. Según el proyecto de resolución, las plantas deberán entregar modelos de simulación validados por los fabricantes, realizar pruebas de control de potencia, frecuencia, tensión y soportabilidad ante fallas, y cumplir con estándares internacionales como la norma IEEE 2800 de 2022. A su vez, el documento resalta que los operadores de red deberán actualizar sus protocolos de conexión y coordinar con el Centro Nacional de Despacho (CND) la supervisión de las plantas. “Los nuevos requisitos aplicarán para proyectos que entren en operación comercial a partir del 1 de agosto de 2028”, señaló la Creg. En ese sentido, agregan: “Con esta propuesta, la Creg busca armonizar la integración de las fuentes solares y eólicas, garantizando una operación más estable del sistema eléctrico colombiano en su transición hacia energías limpias”. Principales cambios propuestos Las plantas solares y eólicas deberán entregar al Centro Nacional de Despacho (CND) modelos de simulación que representen su comportamiento ante eventos eléctricos, con validación de los fabricantes. Estos modelos deberán incluir controles de frecuencia, potencia activa, tensión y potencia reactiva, permitiendo su ajuste y calibración técnica. Antes de entrar en operación, los proyectos deberán realizar pruebas rigurosas —avaladas por el Consejo Nacional de Operación (CNO)— que incluyan: Se fijan nuevos requisitos técnicos para plantas conectadas a redes con capacidades entre 1 MW y 5 MW, así como para autogeneradores a gran escala. Estas instalaciones deberán presentar pruebas adicionales sobre sincronización y soportabilidad ante sobretensiones. Los OR estarán obligados a mantener actualizados sus manuales de operación, coordinar con el CND la supervisión de las plantas y entregar modelos de planta referenciados al nodo de conexión. Si no lo hacen, el CND asumirá temporalmente la coordinación. Los nuevos requerimientos técnicos serán exigibles para todas las plantas que entren en operación comercial a partir del 1° de agosto de 2028. El CNO tendrá cuatro meses, contados desde la entrada en vigencia de la resolución, para emitir los acuerdos técnicos necesarios. Se definen lineamientos especiales para proyectos solares que hayan perdido su estatus de operación comercial por incumplimiento de requisitos técnicos, en virtud de las resoluciones CREG 148 de 2021 y 101 011 de 2022. Estas plantas podrán reanudar operación si cumplen pruebas mínimas de protecciones eléctricas y controles de calidad.