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La Cámara Colombo Americana envió una carta al ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, en la que le planteó una serie de observaciones y propuestas sobre la reglamentación del impuesto por presencia económica significativa (PES).

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En la comunicación, AmCham advierte que tal como se está planteando la normativa implicaría algunas repercusiones para el país, entre ellas una doble tributación en las transacciones internacionales, lo que va en contra de la tendencia global.

Dentro de las observaciones está que 'establecer un impuesto por PES no estaría en concordancia con las propuestas globales para gravar la economía digital, lo que genera una medida unilateral que implicaría un potencial escenario de doble tributación en las transacciones internacionales, que es precisamente lo que busca prevenir el BEPS 2.0, el cual se espera esté concretado en el 2023, para ser aplicado en el 2024'.

En cuanto a las observaciones sobre el articulado, AmCham Colombia se centra en que teniendo en cuenta que algunos de los términos incluidos en la definición de servicios digitales no están propiamente definidos por la Ley, sino que están referenciados en la misma y definidos por la jurisprudencia o doctrina de la DIAN.

También pide que el formulario de la declaración de renta esté prescrito en español e inglés para que exista mayor entendimiento, por parte de los sujetos contribuyentes que son, principalmente, empresas extranjeras.

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En la comunicación suscrita por AmCham Colombia también se presentan cinco propuestas de artículos. El primero de ellos está relacionado con las deducciones de la base gravable.

'Teniendo en cuenta que devoluciones, rebajas, descuentos, etc., pueden generar un menor ingreso, solicitamos que el proyecto contemple este escenario y establezca expresamente la posibilidad de deducir aquellos montos que fueron gravados con el impuesto de renta por devoluciones, deudas manifiestamente perdidas, rebajas o descuentos'.

Otro de los nuevos artículos que propone es sobre exclusiones de la base gravable, con el fin de que, 'para todos los efectos tributarios, se excluya de la base gravable del impuesto sobre la renta de los individuos y entidades legales con presencia económica significativa en Colombia, los ingresos recibidos por cuenta de terceros a cualquier título'.

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Finalmente, AmCham Colombia propone que se establezca un período de seis meses de gracia con el objetivo de brindar a los contribuyentes la oportunidad de familiarizarse con la normativa y cumplir plenamente con las obligaciones formales que les son impuestas.

Asimismo, sugiere que durante estos seis meses no se apliquen sanciones ni se generen intereses, considerando que las empresas o individuos sujetos al régimen se encuentran en proceso de cumplimiento.