Compartir:

El plazo para la implementación de la nómina electrónica en Colombia que vencía el 1 de agosto de este año, fue ampliado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

'Teniendo en cuenta las solicitudes de contribuyentes para ampliar el plazo para poder continuar realizando pruebas de funcionalidad, se dispuso que el servicio de factura electrónica con la versión del anexo técnico 1.8 estará disponible hasta el próximo 18 de agosto', indica la DIAN en un comunicado.

El gerente de factura electrónica de la DIAN, Mario Márquez, explica que con la Resolución 063 del 30 de julio de 2021 se modifican los plazos que se habían establecido para habilitación del anexo 1.8 de factura electrónica que contiene los eventos para la factura electrónica como título valor y otros cambios, el incio del Radian y de la nómina electrónica.

'Dado que se movieron 18 días para la nómina electrónica, también el primer calendario de los cuatro esperados para la masificación de la facturaciónn electrónica se mueve en la primera transmisión del 10 de octubre al 29 de octubre', indicó el funcionario.

Para los no obligados a expedir factura o documento equivalente el plazo inicial para implementarlo estaba previsto para el 1 de agosto de 2021m por lo que la fecha de expedición queda a partir del 31 de enero de 2022.

Respecto de las funcionalidades para habilitación, generación, transmisión, validación de los servicios Radian y nómina electrónica, estará disponible en la misma fecha. Por tanto, sólo a partir de ese día, los responsables deben iniciar las actividades de habilitación de los softwares para transmitir a validación los documentos de estos servicios.

Quienes realicen las actividades de habilitación en el servicio informático de la entidad, para Radian y nómina electrónica, antes de la fecha programada, tendrían que volver a realizarlas a partir del 18 de agosto.