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El Juzgado Sexto Laboral de Pequeñas Causas de Bogotá declaró por primera vez en la legislación colombiana la relación de naturaleza laboral existente entre un domiciliario y una plataforma, en este caso, Mercadoni. La Justicia señaló que los empleados, colaboradores o autónomos, como en algunos cosos los pretenden hacer ver, son verdaderos trabajadores.

Así lo indicó Javier Almanza, coordinador del Área Laboral del Consultorio Jurídico de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, demanda que fue elaborada y acompaña por esta área del consultorio, quien explicó que la sentencia es determinante en el uso de plataformas digitales, sector que ha tenido un gran auge de crecimiento en los últimos años.

Inicialmente el caso se desarrolla al hacer el análisis de la relación entre uno de sus repartidores y una plataforma digital para hacer mercados. 'El juzgado afirma y determina que existe una verdadera relación laboral bajo el principio de la primacía de la realidad, por probarse la prestación personal de servicio y subordinación con la empresa prestadora', explica Almanza.

Según la sentencia, existió un contrato de trabajo a término indefinido entre el demandante y Mercadoni y condena a esta empresa a pagar el auxilio de cesantías, los intereses sobre las mismas, la prima de servicios y las vacaciones compensadas. Adicionalmente, el juzgado ordena realizar las cotizaciones de seguridad social en pensiones, para lo cual, se deberá solicitar el cálculo actuarial respectivo ante el fondo de pensiones que elija el demandante.

Para Almanza, la sentencia llega en un momento crucial para este sector, que actualmente tiene una gran demanda de afiliación y vinculaciones para el uso de las plataformas digitales (mensajeros), dadas las especulaciones que hay relacionadas en si existe una verdadera relación laboral y las consecuencias jurídicas, como lo son el reconocimiento y pago de prestaciones sociales derivado de una relación laboral, tales como cesantías, intereses, primas de servicio y vacaciones.

'Es un gran avance para la legislación laboral el reconocimiento de esta condición de verdaderos trabajadores a este gran colectivo de personas, que desde la vista del derecho laboral han sido fuertemente cuestionadas sobre sobre su verdadera esencia', dijo el coordinador del Área Laboral del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario.

Cabe recordar que antes de la pandemia en Colombia existían, aproximadamente, entre 20 y 25 mil trabajadores de plataformas digitales.

De acuerdo con una encuesta del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario en la que se entrevistó a 318 'rappitenderos', el 91,2% sostuvo no estar afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales; el 63,2% reconoció haber sufrido accidentes de trabajo y el 66,7% haber contraído enfermedades laborales en los últimos 2 años. Del total de la muestra, el 57% señala ser migrante venezolano.