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El Gobierno nacional reglamentó este miércoles la figura de las megainversiones con las que se buscan incentivar la creación de empleos y la reactivación económica del país.

Por medio del Decreto 1157, se establece que se beneficiarán con apoyo tributario los capitales que se inviertan en actividades industriales, comerciales y de servicios, superiores a los USD282 millones (30.000.000 de Unidades de Valor Tributario) o en el sector aeronáutico por más de USD18,8 millones (2.000.000 de UVT).

Esto será para las inversiones que se desarrollen en un periodo de 5 años y que en el mismo tiempo creen 400 empleos directos, o 250 si se trata del sector de tecnología.

'Megainversiones es un instrumento nuevo con el que buscamos atraer mayor inversión haciendo más atractivo nuestro país y con ello generando nuevos empleos', dijo el ministro de Comercio José Manuel Restrepo.

Por su parte, la viceministra de Comercio Exterior, Laura Valdivieso Jiménez, señaló que si bienes un instrumento contemplado antes de que llegara la coyuntura, 'será uno de los atractivos para las empresas que en este momento están buscando nuevas latitudes para establecerse o simplemente para aumentar la inversión'. Valdivieso agregó que estos flujos deberán invertirse en propiedades, así como planta y equipos.

'Colombia es hoy una economía atractiva y así lo corroboran las cifras de inversión extranjera directa, pero queremos incentivar más esos capitales', dijo la viceministra de Comercio Exterior, Laura Valdivieso Jiménez.

Son varios los beneficios tributarios de los que podrán gozar las empresas que hagan inversiones por los montos señalados. Para empezar, la tarifa del impuesto de renta será del 27%, más baja que la que se aplica en el país. Para el año gravable 2019 es del 33%. Si bien puede haber mega-inversiones en zonas francas, se les aplicará la tarifa del impuesto de renta del régimen de mega-inversiones.

Además, no estarán sujetos al sistema de renta presuntiva y serán exentos del impuesto al patrimonio o del que se cree con posterioridad. También, podrán depreciar los activos fijos en un periodo mínimo de 2 años, sin importar la vida útil de este.

Adicionalmente, las utilidades que distribuyan las sociedades no estarán sometidas al impuesto a dividendos.

El Decreto reglamentario señala que este régimen aplicará para las inversiones que se aprueben antes del primero de enero del 2024, pero para el sector aeronáutico aplica para las aprobadas antes del 31 de diciembre del 2021 y por un término de 20 años.

De otra parte, la calificación del proyecto de mega-inversión como tal, la da el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Esto se hará previo concepto técnico sobre la viabilidad de la misma, de las entidades competentes del sector en el que se vaya a desarrollar la inversión.