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La Procuraduría anunció hace poco la destitución e inhabilidad general por 15 años contra la gerente del Hospital San Jerónimo de Montería y los seis integrantes de la junta directiva por una sesión 'que nunca ocurrió' tras haber modificado la nómina de la entidad de salud y haber con ello violado la Ley de Garantías que regía en ese momento ante la cercanía de las elecciones legislativas de marzo de 2018.

EL HERALDO conoció el fallo de primera instancia, de 87 páginas, emitido por el procurador regional de Córdoba, Nicolás Barguil contra la gerente del hospital, Isaura Hernández, así como contra los miembros de la junta Hernando de la Espriella, Teresita Uribe, Yudis Jiménez, Eberto Díaz, Luis Narváez y Félix Manzur.

La queja fue interpuesta por Anuar Abisaad, el jefe de Control Interno de Gestión del hospital, a quien no lo dejaron ingresar porque lo habían removido de su cargo, pues el 16 y 19 de enero de 2018 le enviaron dos comunicaciones al quejoso donde le exigían la entrega del cargo.

Pliego de cargos

El Ministerio Público arrancó la investigación el 25 de enero de 2018 y, nueve meses después, el 25 de octubre de 2018 la dependencia cordobesa les formuló pliego de cargos a los investigados porque 'participaron en la sesión de junta directiva realizada el 18 de diciembre de 2017, en la cual, mediante los acuerdos 005, 006, 007 y 008 de 2017, se actualizó el organigrama, se modificó la planta de cargos, se expidió un manual de funciones y de competencias laborales, y se reajustaron salarios'.

Al respecto de ese primer cargo, se lee en el fallo que al expedir el Acuerdo 006 de 2017 'contravinieron lo establecido por la Ley 996 de 2005, la cual establece una serie de prohibiciones para los servidores públicos de acuerdo a su Artículo 38, y su parágrafo, donde establece que la nómina del respectivo ente territorial o entidad no se podrá modificar dentro de los cuatro meses anteriores a las elecciones de cargos de elección popular'.

Y el segundo cargo tiene que ver con falsedad ideológica en documento público, calificada por el ente de control disciplinario como una 'falta gravísima que se refiere a la posible participación de los señores disciplinados (…) en el acta de reunión de junta directiva supuestamente realizada en sesión del 26 de diciembre de 2017, sin que ello corresponda a la verdad'.

Aquí, describe el documento, la gerente y los miembros de junta 'muy posiblemente elaboraron un documento, como lo fue el acta de reunión de junta directiva de fecha 26 de diciembre de 2017, así como el Acuerdo 010 de la misma fecha, cuyo contenido dista de ser real y veraz, toda vez que lo consignado no se ajusta a la verdad, como lo fue su fecha de expedición, el lugar de su realización, el desarrollo de la sesión, asunto a tratar, el supuesto debate o discusión, y la aprobación de las propuestas'.

Es decir 'se plasmó en un documento público un suceso que no aconteció, pues ha quedado evidenciado de distintas formas probatorias, de manera documental y en declaraciones, que para el 26 de diciembre de 2017 no hubo reunión de junta directiva'.

Enmienda del error

Advierte entonces la Procuraduría que una vez se abrió la investigación disciplinaria los miembros de la junta y la gerente intentaron 'enmendar las conductas irregulares desplegadas en la sesión del 18 de diciembre de 2017'.

Todos los señalados, se lee en el fallo, 'consignaron y avalaron de manera consciente, voluntaria y libre en un acta de reunión de junta directiva hechos que no ocurrieron' por lo que 'surge evidente, entonces, la infracción a la constitución y a la ley'.

Y ante el primer cargo, el Ministerio no encontró fundamento para seguir con la pesquisa.

En suma, los funcionarios fueron disciplinados por elaborar un acta de reunión con información falsa, pues la sesión certificada en el acta, de fecha 26 de diciembre de 2017, nunca se realizó, ya que el propósito de los disciplinados al elaborar ese documento era enmendar conductas irregulares cometidas en la sesión del 18 de diciembre de ese mismo año, que ya eran objeto de investigación disciplinaria por parte de la Procuraduría.

En esa ocasión, los sancionados modificaron la planta de cargos del hospital, sin tener en cuenta que por Ley de Garantías no podían realizar esos cambios por estar a menos de cuatro meses de las elecciones legislativas, que se realizaron el 11 de marzo de 2018.