La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó a con multas a 10 empresas que proveen bienes y servicios que aprovecharon la temporada de Black Friday en 2024 para promocionar sus productos utilizando el comercio electrónico.
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Los establecimientos son: Bigfoot Colombia S.A.S., Supertiendas y Droguerías Olímpica S.A.-Olímpica S.A., Lagobo Distribuciones S.A.S. Sigla L.G.B. S.A.S., Airlaf Internacional S.A.S., Nueve Nueve Dos S.A.S., Comercializadora Baldini S.A. Baldini, Makro Maximo, Sodimac Supermayorista S.A.S., Almacenes Colombia S.A. e Inversiones Blo S.A.S.
De acuerdo con la entidad, las multas ascienden a más de $3.068 millones.
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¿Cuáles fueron las infracciones?
La SIC explicó que dichas empresas incurrieron en distintas infracciones relacionadas con la falta de información suministrada a los consumidores, el derecho a la garantía legal y la falta de datos específicos sobre los productos ofertados.
“No suministrar información sobre las condiciones de modo para acceder a las promociones, incluyendo los requisitos y términos de entrega, como, por ejemplo, si eran o no acumulables con otros incentivos, o si se existía un límite de unidades por persona, etc.”, señala la entidad.
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“No proporcionar información sobre los productos objeto de la promoción, especificando su cantidad y calidad, así como sobre el derecho de retracto y la reversión de pago y el procedimiento para ejercerlo, en la etapa previa a la aceptación de la oferta.”, agrega.
Asimismo, la SIC manifestó que estas empresas no suministraron información fidedigna, suficiente, clara, accesible y actualizada, sobre el origen, componentes, medidas, el modo de fabricación, la forma de empleo, los usos, las restricciones y cuidados relevantes.
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Entre las irregularidades también se evidenció la falta de un mecanismo para la radicación de peticiones, quejas y reclamos en el que constara fecha y hora de radicación.
“Afectación del derecho a reclamar y a obtener la reposición de las tarjetas de regalo cuando se presentara un evento de pérdida o extravío.”, es otro de los aspectos señalados por la SIC.




















