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Una nueva controversia jurídica se cierne sobre el Consejo Nacional Electoral (CNE) tras el argumento de que ya no tendría facultades para emitir sanciones administrativas contra los procesados en la investigación de la campaña presidencial de Gustavo Petro en primera vuelta.

El plazo legal de tres años que tenía el organismo electoral para pronunciarse sobre las presuntas irregularidades en la financiación habría vencido formalmente el 29 de julio de 2025, según confirmaron fuentes a La W Radio. Esta interpretación se basa en el artículo 52 de la Ley 1437 de 2011, que establece que la facultad sancionatoria “caduca a los tres años de ocurrido el hecho, la conducta u omisión que pudiere ocasionarlas”.

La dirigencia del Pacto Histórico, junto con al menos cuatro magistrados del CNE, defenderán desde hoy esta posición jurídica. Entre los magistrados que coincidirían en que pronunciarse a partir de ahora sería ilegal se encuentran Álvaro Echeverry, Fabiola Márquez, Alba Lucía Velásquez y Altus Vaquero.

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Proceso en curso sin resolución

A pesar de que el CNE formuló cargos el 8 de octubre de 2024 y ya transcurrió el tiempo para que los implicados presentaran sus alegatos de conclusión, los magistrados del caso, Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada, aún no han presentado a la sala plena la ponencia resolutiva.

Entre los procesados se encuentran figuras clave de la campaña: Ricardo Roa, actual presidente de Ecopetrol y exgerente de campaña; Lucy Aydee Mogollón, tesorera; María Lucy Soto y Juan Carlos Lemus, auditores; además de las organizaciones Colombia Humana y Unión Patriótica.

Factores que complicarían el cálculo

Existen voces que señalan variables adicionales para determinar la caducidad, incluyendo el tiempo que tomó al Consejo de Estado dirimir las competencias entre el CNE y la Comisión de Acusación de la Cámara, el estudio de la tutela presidencial para evitar la investigación del organismo electoral, y las recusaciones contra algunas magistradas.

Sin embargo, desde el Pacto Histórico aseguran que por estos motivos nunca se suspendió formalmente el proceso para los demás sujetos procesales, lo que mantendría vigente el conteo del término de caducidad.

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Implicaciones jurídicas

Si prospera esta interpretación, el CNE perdería competencia para imponer sanciones sobre las inconsistencias detectadas en los informes de ingresos y gastos de la primera vuelta electoral, celebrada el 29 de mayo de 2022. Esto significaría que Ricardo Roa y los demás procesados ya no tendrían que rendir cuentas por los presuntos hechos investigados.

La dirigencia del Pacto Histórico se prepara para presentar un memorial ante el CNE argumentando formalmente que el proceso ha caducado. Cabe recordar que el proceso correspondiente a la segunda vuelta electoral tendría como fecha límite el próximo 19 de agosto.