La Corte Constitucional emitió un comunicado en el que aclaró de manera enfática que no ha emitido ningún tipo de concepto sobre la posibilidad del Gobierno de convocar la consulta popular vía decreto.
Esta declaración se dio a conocer tras una situación reciente en la que una servidora judicial de la Relatoría respondió una petición realizada por la congresista Katherine Miranda.
Según la Corte, su labor está estrictamente limitada al control abstracto y concreto de constitucionalidad, el cual ejerce exclusivamente a través de Autos y Sentencias proferidos por las Salas de Revisión y la Sala Plena. En consecuencia, ni la Corte ni su Relatoría están autorizadas para emitir conceptos u opiniones a título consultivo.
La Corte señaló que esta actuación representa una extralimitación de funciones y no compromete la posición oficial del alto tribunal.
Frente a este hecho, la Corte anunció que iniciará una revisión de sus procedimientos internos y notificará a las autoridades disciplinarias competentes para que se adelanten las investigaciones pertinentes.
Este episodio subraya la importancia de mantener la rigurosidad institucional y el respeto a las competencias legales en el marco de las funciones judiciales.