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Con arresto domiciliario de tres días y una multa de diez salarios mínimos mensuales legales vigentes, el Juzgado Tercero Civil de Circuito de Valledupar, mediante providencia del 11 de agosto de 2021, resolvió sancionar al alcalde de Valledupar, Mello Castro González, por haber incumplido el fallo de tutela T-946 de 2011, en la que se ordenó el desalojo de la invasión, propiedad del mayor Alberto Pimienta Cotes, ubicada en el predio Sabana 1 ubicada en la capital del Cesar.

La población invasora debía ser reubicada a la urbanización El Porvenir, que cuenta con espacio para 800 viviendas, pero hasta la fecha no se ha realizado el traslado de las familias, que principalmente son desplazados por la violencia y madres cabezas de hogar con protección del estado.

'Habiendo sido entregadas las viviendas del Porvenir desde diciembre de 2020, según respuesta 720 viviendas con certificado de habitabilidad, realizado el censo de las personas víctimas de la violencia y el sorteo para la adjudicación de las viviendas, realizado el censo por parte de la Alcaldía de –Valledupar de las personas que no cuentan con dicha condición en cumplimiento del numeral 6 de la sentencia de tutela, no se considera que exista justificación al no cumplimiento de la orden tutelar, pues aún no han comenzado las acciones de reubicación de los accionantes en la Urbanización el Porvenir a la fecha de esta providencia, desde la entrega de las viviendas (diciembre 2020) sin que sea posible iniciar el paso siguiente, cuál sería la notificación de desalojo, en tanto, las familias no sean reubicadas', se lee en la sentencia.

'No puede declararse el cumplimiento parcial de la orden tutelar en atención a la complejidad de la misma, y no es posible escindir la orden de solución de vivienda para los desplazados, estando más que demostrado que a la fecha no ha cesado la vulneración de los derechos de los desplazados como del titular de propiedad del predio, en tanto no ha iniciado ni la reubicación de las familias a la urbanización el provenir como tampoco los trámites previos al desalojo', explicó el juez.

Por otro lado, el juzgado se abstuvo de sancionar al Gobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo Gnecco; al Director de la Unidad para la atención y Reparación Integral a las Victima, Ramón Albero Rodríguez Andrade y a la directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad, Social Susana Correa Borrero,