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El Consejo de Estado ordenó suspender las labores de 'fracking' o estimulación hidráulica para la obtención de yacimientos no convencionales en 15 pozos del campo La Loma, ubicado en jurisdicción de varios municipios departamento del Cesar, que en la actualidad opera la multinacional Drummond.

El máximo tribunal de lo contencioso administrativo consideró que esos procedimientos constituyen un desacato a la orden de suspensión provisional de la resolución que reglamentó la práctica del 'fracking' en Colombia.

En la sentencia se lee al respecto: '(…) Como la producción de los pozos que se adelantan en el campo La Loma recae sobre yacimientos no convencionales de gas metano asociados a mantos de carbono, a través de las técnicas que habilitaba la resolución número 90341 de 2014, es claro que ello comporta la extensión de los efectos jurídicos de una técnica suspendida y, por lo tanto, la producción en estos pozos está cobijada con la medida cautelar decretada, como quiera que así se asegura la protección del medio ambiente y demás bienes jurídicos tutelados de los posibles efectos nocivos por el empleo de esas técnicas'.

Esta providencia obliga a que, en un término de tres meses, la Agencia Nacional de Hidrocarduros, ANH, suspenda actividades sobre estos pozos y todos los demás en similares condiciones bajo el liderazgo del Ministerio de Minas.