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La Unidad Nacional de Restitución de Tierras radicó ante la justicia una demanda en busca de restablecer los derechos de los indígenas yukpas que resultaron afectados con el conflicto armado en la serranía del Perijá, en el departamento del Cesar.

267 familias del resguardo Menkue Misaya y La Pista, integradas por 1.246 habitantes, pretenden que se les reconozcan los derechos territoriales, afectados con la violencia en las estribaciones con jurisdicción en este Departamento.

Estas comunidades fueron focalizadas a través de la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos Indígenas, iniciándose el proceso de restitución de tierras para las mismas. La presencia de grupos armados ilegales y la siembra de cultivos ilícitos en sus territorios, afectaron incluso sus lugares sagrados.

De acuerdo con la Unidad de Restitución, el principal impacto del conflicto sobre el pueblo yukpa fue la restricción por parte de organizaciones al margen de la ley para hacer uso de la totalidad de su territorio. Así lo evidenció el Auto 004 de 2009 de la Corte Constitucional, en el cual se manifestaron los riesgos de supervivencia física y cultural de 34 pueblos indígenas a causa del conflicto.

Teniendo en cuenta las afectaciones territoriales sufridas por las comunidades indígenas del resguardo Menkue Misaya y La Pista, a causa de la confrontación armada, que entre otras, ocasionó una profanación espiritual de su territorio y el desequilibrio en la forma en que ejercen control sobre el mismo, se adoptaron medidas dirigidas a la restitución y restablecimiento de dicho orden.

'Con la presentación de esta demanda, además de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el Decreto - Ley 4633 de 2011, se avanza en el restablecimiento de los derechos territoriales de los pueblos indígenas y se reconoce de manera expresa al territorio como víctima, en consonancia con el contenido de disposiciones internacionales y constitucionales en las cuales se valora la relación espiritual que tienen las comunidades étnicas con la tierra', informó la Unidad de Restitución de Tierras.

Así lo establece el artículo 25 de la Declaración de Naciones Unidas que confiere a los pueblos indígenas 'el derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado de otra forma y a asumir las responsabilidades que a este respecto les incumben para con las generaciones venideras'.

En reconocimiento de ello, La Unidad de Restitución de Tierras a través de la Dirección de Asuntos Étnicos y la Dirección Territorial del Cesar adelantó el proceso de caracterización de afectaciones territoriales e identificó, no sólo los principales hechos que han afectado a la comunidad, sino también el acervo probatorio que permitió redactar la demanda, que busca restituir los derechos territoriales afectados a estas comunidades indígenas.