A través de un fallo del 29 de mayo, y tras admitir una demanda presentada por el senador del Centro Democrático Carlos Meisel, el Tribunal del Atlántico ordenó suspender el cobro de la contribución de valorización en la vía Barranquilla - Cartagena - Circunvalar de la Prosperidad.
De acuerdo con la decisión, Invías deberá realizar una socialización de dicha contribución en la zona de influencia de la vía Cartagena - Barranquilla - Circunvalar de la Prosperidad (Cartagena, Santa Catalina, Barranquilla, Puerto Colombia, Soledad, Juan de Acosta, Piojó, Galapa y Tubará), mediante el mecanismo de participación ciudadana de audiencia pública.
Para ello, deberá convocar a entidades públicas y privadas, organizaciones sociales, gremios y a la ciudadanía en general “afectada por el gravamen” para que participen en dichos encuentros.
“La convocatoria será por el término de dos meses y será publicada por un medio de comunicación nacional, un medio de comunicación local, la página oficial de INVIAS, de la CNV en la zona de influencia de la vía Cartagena - Barranquilla - Circunvalar de la Prosperidad, así como en las páginas institucionales de Cartagena, Santa Catalina, Barranquilla, Puerto Colombia, Soledad, Juan de Acosta, Piojó, Galapa y Tubará”, se lee en el fallo del Tribunal del Atlántico.
Así mismo, ordena que en un plazo de tres meses, el Invías lleve a cabo dichas audiencias públicas en cada uno de los distritos y municipios de la zona de influencia donde se aplicará el cobro.
Una vez agotado el proceso, dentro de los dos meses siguientes a la culminación de las audiencias públicas, cualquier persona natural y jurídica interesada podrá presentar réplica, alegación y cualquier observación a los estudios socio económicos y demás elementos técnicos definitorios para la distribución y liquidación del cobro.
Por su parte, el Invías tendrá dos meses, contados a partir del vencimiento del plazo descrito anteriormente, para elaborar el informe final sobre el desarrollo de las audiencias públicas relativas al gravamen. En dicho informe, la entidad deberá pronunciarse de manera explícita sobre las réplicas, alegaciones y cualquier otra observación presentada oportunamente.
Argumentos de Carlos Meisel
En su demanda, el senador Meisel argumentó que el cobro fue implementado “sin observar los requisitos legales mínimos”.

Añadió que “no se elaboró ni publicó un censo predial técnico y actualizado, que la metodología para determinar la base gravable no fue debidamente socializada, y que el proyecto fue presentado como doble calzada, pero en más del 60% fue ejecutado como calzada sencilla”.
¿Para qué se llevarán a cabo las mesas técnicas?
De acuerdo con el fallo, estas audiencias tienen como objetivo dar a conocer los criterios y elementos técnicos que definen la distribución y liquidación del cobro de valorización.
Entre estos elementos se incluyen los estudios socioeconómicos, el método para calcular el beneficio individual, la zona de influencia, la capacidad de pago, la base gravable, así como cualquier otro aspecto relacionado con el cobro del tributo.