En el municipio de Soledad, las autoridades han adoptado una serie de medidas para mejorar la movilidad en la calle 30 tras la reapertura del puente Simón Bolívar y el tramo vial de Tauro.
Desde el Instituto Municipal de Tránsito y Transportes de Soledad se vienen adelantando operativos para contrarrestar el funcionamiento de la terminal satélite. Esto se suma a los controles de regulación por el paso peatonal habilitado a la altura de los colegios Itida e Inem.
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Cabe destacar que por años esta zona ha generado caos vehicular y ha obstaculizado la entrada y salida adecuada de los estudiantes de los colegios aledaños. Con la implementación de los controles en el área han logrado multar a más de 10 choferes de buses interdepartamentales.
Santander Donado, director del ente, sostuvo que estas acciones se vienen cumpliendo para mejorar la seguridad vial en el municipio: “Seguiremos realizando estos operativos de manera aleatoria con el fin de generar una movilidad sostenible”.
No obstante, estos controles han generado opiniones divididas en la comunidad, pues los conductores de buses califican estas medidas como ineficaces, ya que dicho lugar supone para ellos una fuente de ingresos.
Por su parte, los ciudadanos las respaldan. Yamile González aseguró que “me parecen excelentes estas medidas, porque la verdad es que esto impide el tránsito de los alumnos para atravesar o para esperar a los familiares que los vienen a buscar”.
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En esta misma línea, un joven que cursa octavo grado en el Itida señaló que las acciones del cuerpo administrativo son acertadas, puesto que “diariamente los estudiantes van pasando por ambos lados y las multas podrían tranquilizar la congestión de vehículos. Aquí no falta el conductor imprudente”.
De igual forma, los agentes realizaron controles en los alrededores de los conjuntos residenciales Puerto Armónica y Puerto Gaita, donde conductores estacionaban vehículos de forma irregular.
Cabe añadir que, según el cumplimiento del Artículo 76 del Código Nacional de Tránsito, está prohibido estacionar vehículos en andenes, zonas verdes o zonas de espacios públicos para el uso de peatones, recreación o conservación.
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También en vías arterias, autopistas, zonas de seguridad o dentro de un cruce; vías principales y colectoras en las cuales expresamente se indique la prohibición o la restricción en relación con horarios o tipos de vehículos, y en puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de los accesos a estos.
La medida también aplica para zonas expresamente destinadas para estacionamiento o parada de cierto tipo de vehículos, incluyendo las paradas de vehículos de servicio público, o para limitados físicos.
Otros espacios son los carriles dedicados a transporte masivo sin autorización; ciclo rutas o carriles dedicados o con prioridad al tránsito de bicicletas; a una distancia mayor de 30 centímetros de la acera, y en doble fila de vehículos estacionado, o frente a hidrantes y entradas de garajes o accesos para personas con discapacidad.
Finalmente la Ley además prohíbe estacionarse en curvas, donde interfiera con la salida de vehículos estacionados y en donde las autoridades de tránsito lo prohíban.