El alto tribunal advirtió que las diferencias de trato legales entre mujeres trans y cisgénero se presumen discriminatorias.
Ante el hecho, juez ordenó a la entidad deportiva permitirle jugar a la menor de 8 años.
Se negó la impugnación de tutela que habían interpuesto los magistrados de la Sección Quinta del Consejo de Estado.
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado falló una tutela a su favor y ordenó el reintegro al cargo.