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Falta poco para que se conozca la sentencia en el caso de la demanda de nulidad electoral que hace su curso en el Tribunal Administrativo de Sucre contra el alcalde del municipio de San Onofre, Teódulo Cantillo Martínez.

Ya la Procuraduría 164 Judicial II ante el Tribunal Administrativo de Sucre y la parte demandante, en este caso, Iván Acuña, presentaron los alegatos de conclusión.

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Según la Procuraduría, está comprobado que Cantillo sí tiene causal de nulidad, según la demanda y los artículos de Ley relacionados con las causas electorales.

'Tenía un vínculo en segundo grado de consanguinidad con la representante legal de una entidad de salud que prestó sus servicios a la población vinculada al régimen subsidiado de salud, en el municipio donde resultó elegido, durante el año inmediatamente anterior a la elección del demandado', se lee en el escrito de los alegatos del Ministerio Público.

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Se refiere a la hermana del alcalde Martha Cantillo quien es la representante legal de la IPS Rehabilitar vinculada con el régimen subsidiado.

Según la Registraduría, existen pruebas, que dan cuenta que la IPS Rehabilitar Marta Cantillo Martínez, prestaba para los años 2018 y 2019 servicios de salud a afiliados del régimen subsidiado en San Onofre.