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El paso por Aguas Negras, el corregimiento de San Onofre donde el cantautor Martín Elías Díaz Acosta se accidentó hace un año y posteriormente falleció, sigue estando muy deteriorado en su malla vial.

En razón a ello los límites de velocidad en esa zona, que es una recta muy extensa, no deben ser superiores a los 50 kilómetros por hora, y así lo indican las señales informativas que no habrían sido tenidas en cuenta por el conductor Armando León Quintero Ponce, quien según lo revelado por la Fiscalía Quinta Seccional de Sincelejo conducía por esa zona a una velocidad de 158 kilómetros por hora.

La reconstrucción analítica del accidente que realizó personal perito especializado de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional con apoyo de la Seccional de Sucre, aunado al scánner box practicado a la camioneta de propiedad del artista, lograron establecer que Quintero Ponce excedió tres veces esos límites de velocidad.

Las razones que tuvo para ello la mañana de ese Viernes Santo no se conocen porque este en la audiencia de acusación por homicidio culposo se abstuvo de hablar y de darle la cara a la prensa. Su esposa, la única persona que además de su abogado lo acompañó a la diligencia judicial celebrada en Sincelejo hace cuatro días aseguró que este hecho (el accidente y muerte de Martín Elías) les cambió su vida porque la ciudadanía lo señala, al punto que evitan salir y por ello se sienten presos en su propia casa.

La acusación contra Quintero Ponce, diligencia que había sido aplazada en dos oportunidades en el año 2017, dejó al descubierto que el único móvil de ese accidente en el que Martín Elías perdió la vida y sus tres acompañantes, entre ellos el conductor, resultaron heridos, se debió al exceso de velocidad.

El conductor, que había empezado a ejercer esa función hacía pocos días con Martín Elías, podría enfrentar una nueva imputación de cargos por el delito de lesiones personales culposas en la que las víctimas son los otros dos ocupantes de la camioneta Toyota Land Cruiser de color blanco, modelo 2016 y de placas IWQ-913, entre ellos el popular Pichón.

Estos han comparecido al proceso que adelanta la Fiscalía Quinta Seccional en calidad de testigos, más no han denunciado a Quintero Ponce, es decir, no le han recriminado su actuar y si ellos no lo hacen el ente investigador no puede proceder porque este es un delito querellable, en tanto que el homicidio culposo que tiene pena privativa de la libertad que parte de dos años y 8 meses y va hasta los 9 años, es investigado de oficio, como ocurrió en este caso.