Arrancó el 2025 y con él un nuevo panorama de días y semanas para escoger las vacaciones. Y es que tomarlas en la fecha más adecuada tal vez para algunos sea un dolor de cabeza si no tienen nada planeado pero quieren tomar la mejor decisión para tener el mayor número de días de descanso.
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De acuerdo con la normativa colombiana, los trabajadores tienen derecho a gozar de un descanso de 15 días hábiles por cada año de trabajo. “En el caso de las personas que trabajan por días, las vacaciones serán proporcionales a los días de trabajo”.
Por ello saber escoger la mejor fecha es indispensable si piensa sacarle el mayor provecho de los puentes festivos del 2025 teniendo en cuenta los 16 días feriados con los que cuenta Colombia en este nueva anualidad.
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Festivos en Colombia en 2025
- Miércoles 1 de enero: Año nuevo
- Lunes 6 de enero: Día de los Reyes Magos
- Lunes 24 de marzo: Día de San José
- Jueves 17 de abril: Jueves Santo
- Viernes 18 de abril: Viernes Santo
- Jueves 1 de mayo: Día del Trabajo
- Lunes 2 de junio: Día de la Ascensión
- Lunes 23 de junio: Corpus Christi
- Lunes 30 de junio: Día de San Pedro y San Pablo
- Domingo 20 de julio: Día de la Independencia Colombia
- Jueves 7 de agosto: Batalla de Boyacá (Independencia de Colombia)
- Lunes 18 de agosto: Asunción de la Virgen
- Lunes 13 de octubre: Día de la Raza
- Lunes 3 de noviembre: Día de todos los Santos
- Lunes 17 de noviembre: Día de la Independencia de Cartagena
- Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
- Jueves 25 de diciembre: Navidad
¿La mejor fecha para pedir vacaciones?
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- En 2025 cuenta con seis fechas en las que puede pedir sus vacaciones obteniendo al final más de los 15 días estipulados por la ley, sin ir en contra de la normativa. Tenga en cuenta que dichas fechas pueden ser también pidiendo cuatro o nueve días.
- Si piensa tomarse solo cinco días en marzo puede descansar nueve si las pide del sábado 15 al lunes 24, día festivo.
- Pero si piensa pedir los 15 días completos, una buena opción es escogerlas a partir del lunes 14 de abril hasta el 7 de mayo, descansaría 24 días en total aprovechando los dos festivos de Semana Santa (17, Jueves Santo y 18, Viernes Santo) y del Día del Trabajo (1 de mayo).
- Si pide cuatro días en la primera semana del mes de junio podrá irse por 8 días contando el puente del 2. En cambio si piensa hacerlo al final del mes descansará 10 días ya que se encuentran los festivos del 23 y 30.
- Para agosto podrían ser 12 días de descanso si pide 8 uniendo los festivos del 7 y 18.
- Ya en octubre si decide aprovechar el puente del 13 puede descansar durante 10 días pidiendo solo 5.
- Ya para final de año otra opción es a partir del 4 de noviembre tomando dos festivos (del 3 y 17) por lo que descansará 25 días en total y volvería el 25 del mismo mes a laborar.