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El Consejo de Estado decretó en primera instancia la pérdida de investidura de la representante a la Cámara Mary Anne Andrea Perdomo Gutiérrez, del Pacto Histórico, por la indebida destinación de dineros públicos.

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“Decrétese la desinvestidura de la representante a la Cámara Mary Anne Andrea Perdomo Gutiérrez, por la causal prevista por el artículo 183.4 de la Constitución Política, conforme a lo expuesto en esta providencia”, se lee en el fallo.

La Sala de lo Contencioso Administrativo resolvió de esta manera la solicitud de pérdida de investidura presentada por Édgar Solier Millares Escamilla contra la representante a la Cámara por el departamento de Santander, Mary Anne Andrea Perdomo Gutiérrez, para el período constitucional 2022-2026.

La solicitud de Millares Escamilla contra Perdomo Gutiérrez tiene que ver con la contratación de una integrante de la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL).

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En ese sentido, alegó que la congresista “autorizó y permitió que María Isabel Rueda Guerrero, que estuvo vinculada en la UTL entre el 21 de julio de 2022 y el 10 de enero de 2023 en el cargo de asistente grado V, continuara cumpliendo funciones, mientras que Laura Femanda Rueda Guerrero, que se vinculó a la UTL desde el 11 de enero y hasta el 30 de septiembre de 2023, como asesora grado I, no ejecutó labor alguna, no obstante, recibió los salarios correspondientes”.

Cabe destacar que estas dos mujeres tienen un fuerte parentesco: María es madre de Laura.

Es decir, se acusa a la congresista de haber hecho la postulación de Laura Fernanda Rueda Guerrero a sabiendas que dicha asesora no cumpliría función alguna, en la medida en que María Isabel Rueda Guerrero, asistente V de la UTL en el período comprendido entre el 21 de julio de 2022 y el 11 de enero de 2023, continuaría ejerciendo sus funciones después del retiro y percibiendo el salario por conducto de tercera persona.

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Para respaldar esta acusación se presentaron como pruebas unos correos electrónicos y chats de WhatsApp enviados y recibidos por María Isabel Rueda Guerrero en fechas posteriores a su desvinculación.

“En efecto, con base en las pruebas trasladadas de la Corte Suprema de Justicia, está acreditado que esa exservidora intercambió correos con la cuenta institucional de la Cámara de Representantes «tiquetes.secretaria@camara.gov.co» con información sobre pasajes para viajes aéreos de la acusada.

Asimismo, está probado el intercambio -recibo y remisión-de correos electrónicos con invitaciones a la congresista para asistir a eventos, actas e informes referidos a la actividad legislativa, programación de sesiones de comisiones legislativas, plenarias de la Cámara de Representantes y otros compromisos de la congresista que, de acuerdo con el tráfico de correo determinado en la investigación penal, se remitieron a la exasistente y esta, a su vez, reenvió a otros miembros de la UTL o a la misma acusada”, dice el fallo.

Además, la investigación penal permitió establecer que Laura Rueda tranfería a María Rueda en un lapso no superior a dos días, si no es que lo hacía de manera inmediata al recibir el respectivo pago del salario, la totalidad del dinero que percibía o cifras casi idénticas de dinero, salvo lo correspondiente a la prima de servicios de mitad de año.

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Por estas razones, el Consejo de Estado concluyó que la congresista “hizo parte de una simulación que llevó a la indebida destinación de dineros públicos, a través de una designación irregular de una integrante de su UTL, que estaba previsto no cumpliría función alguna, para que otra integrante que se había desvinculado pudiera seguir percibiendo una remuneración por los servicios que continuó prestando de facto”.

“También encaminó su voluntad plasmada en el ejercicio de la facultad nominadora para que esta situación se diera así. Por tanto, también se encuentra satisfecho el presupuesto subjetivo de la causal de desinvestidura”, sostuvo.