La Comisión Primera del Senado aprobó este martes en el primero de sus ocho debates el proyecto de acto legislativo del transfuguismo 2.0.
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Al respecto, el senador ponente Alejandro Carlos Chacón, del Partido Liberal, expuso que es una reforma constitucional “que cuenta con la autoría de muchos sectores y diferentes vertientes políticas y partidarias. Busca modificar tres artículos constitucionales: 107, 108 y 262″.
Por su parte, su copartidario, Fabio Amín, advirtió: “Estoy de acuerdo con hablar de transfuguismo, pero me aparto de la habilitación que pretende la norma, toda vez que cada 4 años se pueda permitir que la persona tome la decisión de cambiar de partido”.
De otro lado, el senador Carlos Fernando Motoa, de Cambio Radical, indicó: Considero que esta posibilidad de movilidad política de transfuguismo, erosiona a los partidos políticos actuales. Esta iniciativa va directamente a afectar a partidos que hoy hemos representado la oposición en el Congreso”.
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Y la senadora Clara López, del Pacto Histórico, saludó el proyecto: “Me parece que complementa de una manera muy importante esta reforma política de carácter integral para una transición política que estamos viviendo en la actualidad con la alternancia en el gobierno”.
Al igual que como sucedió con la iniciativa similar que se hundió durante la legislatura pasada, hay serios reparos contra este proyecto de transfuguismo 2.0, que se radicó con medio centenar de firmas de parlamentarios de distintos partidos.
El articulado, fundamentalmente, les permite a los congresistas cambiar de partido sin perder sus curules y hay un punto ‘sastre’ para el Pacto Histórico, facilitando que las coaliciones puedan convertirse en un partido único.
“Dentro de los dos meses siguientes a la promulgación del presente acto legislativo, autorícese, por una sola vez, a los miembros de los cuerpos colegiados de elección popular, o a quienes hubieren renunciado a su curul con anterioridad a la vigencia del presente acto legislativo, para inscribirse en un partido distinto al que los avaló, sin renunciar a la curul o incurrir en doble militancia”, indica el proyecto de cuatro artículos.
De igual modo, prohíbe que los candidatos a una elección puedan inscribirse por firmas y luego ser avalados por un partido político. Este tema es promovido por un proyecto que el Consejo Nacional Electoral (CNE) radicó este año y que insiste en implementar las listas cerradas y paritarias a elecciones de Congreso, Asamblea y Concejo.
Esta reforma constitucional, se lee en la exposición de motivos, puede ayudar a depurar la proliferación de partidos y estos también pueden librarse de militantes con los que no se identifican. Y además la idea es evitar las inhabilidades para ser candidatos en el 2026, porque en noviembre de este año arranca el periodo de inhabilidades de un año.
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La iniciativa legislativa también eleva el mínimo de votación requerido para que las agrupaciones políticas obtengan su personería jurídica. Mientras que actualmente ese umbral se sitúa en el 3 % del total de sufragios, el nuevo acto legislativo lo incrementaría hasta el 5 % en el Senado, endureciendo así los requisitos para acceder a una curul.
“El CNE reconocerá personería Jurídica a los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. Estos podrán obtenerlas con votación no inferior al tres por ciento (3 %) de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes y de manera diferencial al cinco por ciento (5 %) de los votos para Senado”, reza el documento.
Y concluye: “Si los partidos o movimientos políticos con personería jurídica coaligados superan de manera conjunta el umbral de que trata el artículo 108 para las elecciones de Congreso, deberán determinar la denominación de un solo partido o movimiento político, al que se le mantendrá la personería jurídica, lo cual deberá quedar establecido en el respectivo acuerdo de coalición”.
La directora de la Misión de Observación Electoral, MOE, Alejandra Barrios, le dijo en su momento a EL HERALDO que el planteamiento es “que se permita de manera permanente, hasta un día antes de la inscripción de candidatos, durante los cuatro años de ejercicio, que quienes son senadores o representantes puedan cambiar de partido. Si bien esta propuesta se ha presentado en diferentes ocasiones, se dice que es por una única vez, normalmente se hace referencia al siguiente proceso electoral: en esta propuesta lo que se está haciendo es permitir el transfuguismo entre diferentes organizaciones políticas con quienes ya han sido elegidos de manera permanente no solamente para el próximo proceso electoral”.
Agrega en este punto que los problemas que tiene esta propuesta es que está enfocada de manera particular en este tema y no hace parte de una propuesta mucho más grande donde se ponga a los partidos obligaciones de democracia interna, procesos objetivos de selección de candidaturas, etcétera.
“Y lo que terminaría aumentando es en este momento el desorden partidista que tenemos en el sistema político, hoy estamos con 35 organizaciones políticas, es precisamente eso lo que están buscando resolver pero no debe ser a través de esa vía; debería ser a través de la exigencia no solamente de tener militantes inscritos, de tener un padrón de militantes de unos procesos internos de consultas de democracia interna, porque llevarlo a la posibilidad de que cuando queden elegidos se puedan estar moviendo entre los diferentes partidos lo que hace es debilitar la precaría democracia con la que cuentan algunas organizaciones políticas”, advirtió la directora.
Pero además, señala, generarían frente al electorado una confusión de a quién se está eligiendo y cuáles son las ideas que representa: “Con 35 organizaciones políticas lo que deberíamos estar pensando en este momento es cuáles son aquellos mecanismos que se tienen para disminuir el número de organizaciones políticas y para que los partidos tengan la obligación de una democracia interna que permita determinar que aquellos a los que ellos avalan efectivamente representan las ideas y los postulados de esa organización política”.
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Hoy pareciera, concluye Barrios, que esos procesos de selección de candidaturas no se hace a partir de esas coincidencias ideológicas, de una vida partidaria, de una democracia interna sino de la percepción de que se tiene del favor público o no para terminar elegido, si jalan o no votos para esa colectividad en las siguientes elecciones y de la cantidad de recursos que tienen para poder sostener la campaña electoral.
“Seguir por esta última vía es seguir desordenando el sistema político pero sobre todo tiene unos efectos gravísimos en la representación porque en últimas no se termina sabiendo a quiénes se elige porque no se termina identificando cuáles son las ideas que esa persona a la que se elige realmente representa”, puntualiza la directora de la MOE.
Entre tanto, en diálogo con EL HERALDO, el director de Transparencia por Colombia, Andrés Hernández, expuso tres argumentos que hacen no solamente inviable jurídicamente sino no conveniente desde la integridad del sistema político la probabilidad de que haya un transfuguismo, es decir que los congresistas cambien de partido sin haber cumplido con su período o seguido con el parámetro que exige la ley para esto.
“En primer lugar es un engaño a la ciudadanía, a los electores, es decir la gente vota por unas personas que hacen parte de unos partidos que siguen unos planteamientos específicos y de un momento a otro cambiar de partido sería justamente algo que iría en contra de esa credibilidad, de esa confianza que le da el ciudadano a ese congresista, entre otras cosas recordemos que en Colombia tenemos ese voto preferente y no estamos votando solamente por partidos en general, es decir hay un vínculo mucho más fuerte entre el ciudadano, el elegido y el partido por el cual fue elegido”, explica.
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Añade Hernández que el otro gran inconveniente es que estos proyectos de ley son tres, que han radicado recientemente para este fin y que irían a beneficiar a quienes hoy están ejerciendo esas curules, es decir técnicamente sería legislar en causa propia, lo cual está prohibido, porque los congresistas no pueden pasar leyes para beneficiarse a sí mismos directamente y eso por lo tanto sería por supuesto una práctica que no se debería aceptar.
“Y el tercero tiene que ver con algo que la Corte ha ratificado y es que los congresistas no son dueños de las curules, llegan ahí a vinculados por un partido y esos partidos en función de sus resultados reciben unos recursos del Estado cuando corresponde, y además utilizan esos cálculos de las votaciones para determinar el número de asientos que tienen los partidos en el Congreso, y entonces cambiar eso sobre el camino desconfiguraría toda este sistema ya establecido pero sobre todo pues dejaría esa noción de pensar que los congresistas son dueños de sus curules cuando no es así”, finalizó.
E hizo un llamado el director de Transparencia por Colombia a que estos proyectos sean archivados, que no sigan su trámite y que si los congresistas quieren cambiar de partido sigan el procedimiento que existe para ello pero no cambiar las reglas de juego sobre el camino.
La iniciativa tiene las firmas de representantes como Marelen Castillo, David Racero, Miguel Polo Polo, Erika Tatiana Sánchez, Juan Manuel Cortés, Alejandro Ocampo, Pedro Suárez Vacca, Alirio Uribe, María del Mar Pizarro, Gloria Arizabaleta, Lorena Ríos, Gloria Flórez, Jahel Quiroga, Dorina Hernández, Támara Argote y Andrés Cancimance, entre otros.