La solicitud de preclusión a favor del expresidente Álvaro Uribe tiene implicaciones jurídicas y también políticas.
EL HERALDO buscó los análisis de penalistas y constitucionalistas en ambos flancos, que explicaran cuáles son las perspectivas del proceso y los alcances de la decisión.
Inocencia demostrada
Para el penalista Óscar Sierra, con la decisión 'la Fiscalía aclara el panorama legal del expresidente Uribe sobre dos aspectos: uno, consideró que no hubo delito, y dos, que tampoco participó si se hubiese presentado alguno'.
Esto quiere decir en términos sencillos, agrega el jurista, que 'se demostraría la inocencia del expresidente al evaluarse por parte de la Fiscalía que los testigos que soportaban la actuación contra Uribe faltaban a la verdad o no eran consistentes en sus dichos o sencillamente mentían'.
Por ello, lo que procede, explica, es que 'ahora será una solicitud de preclusión la que deberá estudiar un juez de conocimiento, junto con la argumentación de la defensa, el Ministerio Público y las presuntas víctimas, y después de ello tomar una decisión que puede ser avalar la preclusión o desestimarla, evento en el cual procederían recursos de ley para que el superior revise la legalidad de lo decidido'.
En suma, advierte el catedrático que aún falta mucho camino.
Finalmente, en relación con la participación política de Uribe, anota que 'podría aspirar sin ningún inconveniente desde el punto de vista legal, en tanto en su contra no hay ninguna medida restrictiva de la libertad, ni decisión judicial ejecutoriada, que se lo impida. Y también puede ser nombrado en un alto cargo público'.
La Corte demoró años
Pone de presente el constitucionalista Eduardo Palencia que el presente se trata 'de un mismo caso investigado desde dos jurisdicciones que no son diferentes, pero sí tienen un objetivo de investigación contrario: en el caso de la Fiscalía solo se investiga a personas del común y en el de la Corte a aforados. Lo que me llama la atención es que este caso no es nuevo. La Corte tuvo márgenes de investigación sobre el caso y tomó una decisión luego de años, desde mi punto de vista, fundada en derecho, y pese a la controversia y a las críticas que recibió se mantuvo independiente y ajena a toda circunstancia política, y ahora la Fiscalía, que no tiene tanto tiempo, ha tomado otra decisión'.
No obstante, observa el catedrático de la Universidad Simón Bolívar que 'los cuestionamientos son indefectibles. La Fiscalía ya sabía que cualquier decisión que se tomara en favor de uno de los partidarios del Gobierno, en este caso de la figura más representantiva del partido oficialista, iba a traer consecuencias como el descreimiento sobre una verdadera imparcialidad de la justicia. Este cuestionamiento de sindéresis ya era conocido y va a haber cualquier tipo de críticas tomando en cuenta la repercusión política del caso y por tratarse de Uribe'.
Finalmente, reconoce que la estrategia de Uribe Vélez dio resultado: 'Soy respetuoso de las decisiones institucionales. Sin embargo, más allá de esto, creo que fue beneficioso para el expresidente y era lo que él buscaba con la estrategia recomendada de dimitir como senador'.
¿Qué es la preclusión?
Camilo Burbano, especialista en Procedimiento Penal y Sistema Penal Acusatorio, explica que 'la preclusión es una solicitud que le hace la Fiscalía a un juez para que dé por terminado el proceso, porque según su hipótesis y las pruebas recaudadas ha pasado alguna de estas cosas: la conducta no existió, la conducta no es delictiva o la cometió otra persona. En este caso estaríamos ante las dos últimas situaciones. Es decir., la Fiscalía dice que no se constituyó un delito y que si hubo no lo cometió él. Lo que además parece hacer una referencia velada a la responsabilidad penal del abogado Diego Cadena'.
Agrega el catedrático de la Externado que esa solicitud de la Fiscalía se debate en una audiencia ante el juez de conocimiento, en la que se examinan de fondo las razones jurídicas y fácticas. Fiscalía y víctimas deben presentar pruebas para sustentar su petición. Esa decisión que tome el juez puede ser apelada por cualquiera de las partes, al que no le convenga, y esa apelación se traslada al Tribunal Superior de Bogotá, que eventualmente decidirá sobre si acepta o no la preclusión. Si se acepta, independientemente de que se apele o no, queda en firme la preclusión, se acaba el proceso e implicará que Álvaro Uribe no cometió ningún tipo de delito. Y si se niega la preclusión no significa que se tiene que acusar, pero claramente lo que el juez decidiría es que no es claro que no haya delito, significa que la Fiscalía tiene que seguir investigando'.
Caso sin precedente
El catedrático de la Universidad del Externado advierte que este caso no es común: 'De hecho, es la primera vez que se da un caso de un aforado que pasa a la Fiscalía en esos términos, en los que hay un cambio de procedimiento entre la Ley 600 (de la Corte) y la Ley 906 (de la Fiscalía), y por eso este caso es tan jurídicamente interesante, porque han pasado cosas que no habían sucedido anteriormente'.
Frente al eventual paso de este proceso a la Corte, tras la decisión del Tribunal de Bogotá, Burbano no lo ve tan claro: 'La decisión del Tribunal no tiene casación, por vía ordinaria no se puede llegar a la Corte. Lo que hay es una hipótesis, que es extremadamente rara y es que se presente una acción de revisión, y esa acción tiene unas características muy específicas'.
Estas causales son, por ejemplo, que aparezca una prueba nueva y trascendente o que la decisión de sentencia o preclusión esté motivada por un delito.
Pero, advierte el penalista, 'la decisión del Tribunal sería casi que definitiva'.